martes, 22 de diciembre de 2020

LA AUDIENCIA NACIONAL NOS DA LA RAZÓN POR LOS TICKETS RESTAURANT


 El pasado día 4 de noviembre se celebró en la Audiencia Nacional el juicio por la demanda sobre el impago de los Tickets Restaurant que las Secciones Sindicales de SAITIC-SAIF, CO.BAS, I-CSC y CGT nos vimos forzadas a interponer. A dicha demanda se sumaron al inicio del juicio las Secciones de CCOO y UGT quedando todo visto para sentencia.

 

Queremos informaros que la Audiencia Nacional ha fallado a favor de nuestra demanda, declarando la nulidad de la medida tomada de forma unilateral por Capgemini, por suponer una Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo (MSCT).

 

Esta sentencia todavía puede ser recurrida al Tribunal Supremo por parte de la empresa en los próximos días. En espera de dicha decisión, celebramos, no sólo que la empresa tendrá que reponer los Tickets Restaurant (recargas en la tarjeta de mayo y junio)sino también haber impedido que la empresa modifique de forma unilateral nuestras condiciones de trabajo, lo que hubiera supuesto un peligroso precedente a futuro.

 

Os mantendremos informados debidamente.


miércoles, 25 de noviembre de 2020

25N 2020: En ningún espacio de la vida, basta de Violencias Machistas



Un año más, nos encontramos ante el Día Internacional Contra las Violencias Machistas. Un año más, alzamos la voz contra cualquier tipo de agresión a las mujeres por el mero de serlo. Un año más, nos rebelamos ante las violencias que atraviesan todos los ámbitos de nuestras vidas. Este 2020 han sido asesinadas 81 mujeres que, contabilizadas desde el año 2010, suman ya 1094 y, aún, no lo llaman por su nombre: Terrorismo Machista.

Estos asesinatos se deben a un sistema machista y patriarcal que se opone con todas sus fuerzas a los avances que, día a día y lucha a lucha, vamos consiguiendo las mujeres, junto con cada vez más hombres, para que Todas podamos vivir en una sociedad realmente justa e igualitaria.

Los malos tratos y las agresiones sexuales se han multiplicado por el confinamiento durante la pandemia del Covid-19 que, a día de hoy, seguimos sin dejar del todo atrás. Cientos de mujeres en nuestro país se han visto obligadas a convivir con su agresor sin tener opciones claras ni ayudas suficientes para escapar de su tortura diaria. Esta opresión también la padecen las hijas e hijos de estos maltratadores que ven truncada su infancia al dejarles en orfandad, cuando no ocurre que pagan también con su vida.

Para dar la vuelta a todas estas injusticias, seguimos apostando por la autogestión y el apoyo mutuo entre mujeres, seguimos apostando por la deconstrucción de la masculinidad tóxica que envenena el comportamiento de muchos hombres, seguimos apostando por la Coeducación en igualdad y en valores que respeten la diversidad y la importancia de todos los seres humanos.

No queremos tener que seguir lamentando estas muertes, no queremos tener que seguir padeciendo este maltrato cotidiano y cruel. Vamos a defendernos juntas porque queremos vivir libres, tranquilas y sin miedo.

Desde CGT hacemos un llamamiento a la movilización social, a la organización y a la lucha anarcofeminista todos los días del año para plantar cara unidas, a este sistema neoliberal, capitalista, patriarcal y machista que considera que las mujeres somos seres de segunda.

ACABEMOS CON LAS VIOLENCIAS MACHISTAS

¡EN TODOS LOS ÁMBITOS DE LA VIDA!

jueves, 5 de noviembre de 2020

Comunicado conjunto: Visto para sentencia el impago de los Tickets Restaurant

 


En el día de ayer se celebró en la Audiencia Nacional el juicio por la demanda que las Secciones Sindicales de CO.BAS, SAITIC, I-CSC y CGT nos vimos forzados a interponer el pasado día 21 de mayo, con motivo del procedimiento unilateral que la empresa llevó a cabo, no haciendo efectivo el pago a los trabajadores de los Tickets Restaurant en los meses de mayo y junio de este año.

Queremos recordar los principales motivos que nos llevaron a interponer dicha demanda:

·       El incumplimiento de la Ley, por imponer unilateralmente esta medida, sin negociación alguna, que supone un recorte salarial especialmente lesivo para los salarios más bajos.

·       Para defender los derechos de la plantilla de Capgemini frente a las decisiones unilaterales de la compañía.

·       Porque en ningún caso se garantizó que estas medidas evitarían posibles consecuencias sobre el empleo.

·       Porque la empresa ni siquiera consideró el que se puedan recuperar los Tickets Restaurant en contextos más favorables. Que estas medidas no puedan ser reversibles en el futuro prueba la voluntad de la empresa de consolidar recortes, aprovechándose de la coyuntura creada por la Covid-19.

·       La nula voluntad negociadora de la empresa, que además no ha facilitado a la RLT la información necesaria para poder evaluar la situación y tomar decisiones.

 

A la demanda inicial impulsada por CO.BAS, SAITIC, I-CSC y CGT se han adherido al inicio del juicio CCOO y UGT, siendo CSIF la única Sección Sindical que no ha comparecido.

Consideramos estas adhesiones un hecho muy positivo para la defensa de los derechos de los trabajadores de Capgemini, tanto en este proceso como en otros que puedan darse en el futuro.

Según nos trasladan los abogados, si el procedimiento lleva su curso normal, la sentencia debería producirse en el plazo aproximado de un mes o incluso antes. Dicha sentencia, podrá ser recurrida al Tribunal Supremo por cualquiera de las partes implicadas.

En el momento que se produzca el fallo de la Audiencia os informaremos debidamente acerca del mismo.

viernes, 30 de octubre de 2020

¿Cuánto tiempo es razonable para responder una consulta por parte de RRHH?


Esta es la pregunta que nos están haciendo muchos trabajadores de esta compañía
. A todo el mundo le respondemos lo mismo, no tenemos ni idea, ya que nosotros tenemos el mismo problema.

El tema es que Relaciones Laborales (RL) que es una parte de RRHH es la encargada de la resolución de la mayor parte de las consultas, pero según ellos no dan abasto.


Hemos trasladado a este departamento diversas consultas que nos hacen a nosotros, por ejemplo, llevamos más de un año que las personas que estamos en clientes no tenemos acceso a las nóminas, se lo dijimos ya que no paraban de decírnoslo y la empresa a través de este departamento nos dijo que tenían problemas con la India, que estaban intentando automatizarlo y otras excusas varias, pero la realidad es que hoy en día no se ha solucionado.

También son muy recurrentes consultas habituales sobre permisos retribuidos de diversa índole y que nos dicen que no les contestan hasta que no pasan unos días, cuando algunas necesitan contestaciones en un breve lapso de tiempo.


La empresa dice no tener gente suficiente en este departamento para responder a todas las consultas que les llegan, entonces si es así, ¿cómo es que no intentan formar gente de otros departamentos de RRHH para que puedan colaborar y no mantener este cuello de botella que hay en la actualidad?


Todo lo están fiando a las herramientas que están creando y que según ellos van a solucionar todos los problemas. Y mientras tanto ¿qué hacemos las personas que esperamos una respuesta rápida? ¿Cuándo van a estar implantadas?


Nos piden paciencia, pero a veces ésta se agota y la gente espera soluciones. Imaginaros en un proyecto diciéndole al cliente que tenga paciencia y que espere, ¿a todos nos parecería mal verdad?


Nosotros como siempre contestaremos a las consultas que cualquier persona quiera hacernos, si veis que por parte de la empresa tardan mucho en responderlas. Eso sí, algunas lamentablemente no tenemos la información suficiente para responderlas, pero las que estén en nuestra mano que nadie dude que lo haremos lo más pronto posible.


jueves, 22 de octubre de 2020

Suma y sigue con los despidos de este trimestre



Como ya os informamos con anterioridad, la empresa empezó otra vez a despedir. Hasta la fecha el número de despedidos es de 18 (9 Madrid,3 Barcelona, 2 Valencia, 4 Asturias) intensificándose esta semana los afectados y teniendo margen aún para seguir despidiendo hasta llegar a los 30 que tristemente le permite la ley española.

Sí no nos fallan las cuentas, este año COVID la empresa habrá despedido por este método cerca de 120 personas, cada 3 meses 30 personas.


Aún nos acordamos del glorioso Plan de Transformación del 2015 (ERE y art. 41 incluido) que según ideólogos y firmantes iba a permitir no tener que tomar medidas drásticas. Pues si las matemáticas no fallan, durante estos 5 últimos años a 120 despedidos al año, salen unas 600 personas las que se han ido a la calle utilizando esta ley tan expeditiva.


Tenemos dudas de que esta compañía esté a la vanguardia de las empresas de Tecnología, lo que no nos queda duda es que está a la vanguardia de este tipo de despidos.


A veces se nos acaban las palabras para poder expresar la indignación que tenemos cada vez que comunicamos estos despidos o cuando escuchamos de parte del CEO que si te despiden es porque no encajas pese a llevar 20 años en la empresa. Pero creemos que es importante que las personas que trabajan en esta compañía sepan la realidad de ella y no los mensajes edulcorados a los que nos tienen acostumbrados. 


En caso de que estéis afectados, os recordamos siempre firmar la carta de despido como NO CONFORME y os recomendamos solicitar la presencia de un representante sindical para que os asesore en el proceso si lo necesitáis.  

domingo, 18 de octubre de 2020

La Inspección de Trabajo obliga a Amazon a dar de alta a 4.000 falsos autónomos


El gigante del comercio electrónico tendrá que pagar unos seis millones de euros por cotizaciones impagadas

La Inspección de Trabajo ha obligado a Amazon a dar de alta a 4.056 repartidores que el gigante de comercio digital tenía trabajando en Madrid y Barcelona como falsos autónomos, según fuentes conocedoras de los expedientes y del sindicato UGT. Además, la Administración le reclama a la empresa 6,16 millones de euros por las cotizaciones impagadas durante este tiempo.

La batalla contra los falsos autónomos se ha convertido en uno de los elementos más importantes de las actuaciones de la Inspección en los últimos años. La más sonada, sin duda, ha sido la de los expedientes que se han levantado contra Deliveroo y Glovo en muchas ciudades españolas por recurrir a este modelo laboral en lugar de contratar a los repartidores (riders, en la jerga del sector). También Amazon ha recurrido a este tipo de trabajadores y ha sido aquí donde ha llegado el golpe de la Inspección.

Las actuaciones de la Inspección de Trabajo se remontan a finales de 2017 y han continuado hasta principios de 2020. Se dividen en tres expedientes que afectan a dos filiales del gigante del comercio electrónico en España: Amazon Spain Fullfillment y Amazon Road Transport. En el caso de la primera filial, la cifra de falsos autónomos que detecta la Inspección ascienden a unos 3.261, entre Madrid y Barcelona, por los que reclama más de 5,16 millones. En la segunda firma, las actuaciones solo se habrían dado hasta ahora en Barcelona; en ellas los trabajadores afectados han sido 805 y la cantidad reclamada casi un millón.

“Estamos en completo desacuerdo con la resolución y presentaremos una apelación. Asimismo, estamos cooperando plenamente con las autoridades laborales en su investigación”, ha señalado la empresa a este periódico. “Desde Amazon, estamos orgullosos de poder ofrecer una amplia variedad de oportunidades en toda España en la red de distribución, incluyendo un pequeño porcentaje de autónomos que colaboran con nosotros repartiendo paquetes de forma independiente, con la opción y la flexibilidad de realizar entregas en las franjas horarias que mejor les convengan y obtener así ingresos adicionales”, han añadido.

Esta decisión llega unas semanas después de que el Tribunal Supremo zanjara el debate sobre si los riders son o no asalariados. La sentencia del alto tribunal, partiendo del caso de un repartidor de Glovo, señalaba que en ese caso la empresa “no se limita a prestar un servicio electrónico de intermediación consistente en poner en contacto a consumidores (los clientes) y auténticos trabajadores autónomos, sino que realiza una labor de coordinación y organización del servicio productivo”. Esta afirmación ha dado pie entre los juristas a señalar que ese fallo va más allá del caso concreto de Glovo.

A estas actuaciones de la Inspección sobre Amazon, hay que sumar las demandas que presentó el sindicato UGT contra la empresa estadounidense en Valencia, Madrid, Barcelona, Bilbao y, la última, en Zaragoza. Ahora la central que dirige Pepe Álvarez, tras la sentencia del Supremo, ha solicitado que se lleve a cabo “una actuación generalizada para acabar con los incumplimientos de dicha normativa y se garantice la aplicación del convenio colectivo correspondiente a la actividad de tales empresas”.

Para acotar este recurso a autónomos que, según la Inspección, deberían ser asalariados, el Ministerio de Trabajo ha anunciado una nueva regulación que clarifique los límites entre ambos tipos de trabajadores, especialmente en lo referente a quienes trabajan en las plataformas digitales. UGT, en cambio, no ve necesaria esta nueva regulación, ya que defiende que “la normativa actual es herramienta suficiente para evitar el fraude laboral, de manera que una nueva regulación solo permitiría que las plataformas pudieran influir en el poder legislativo para conseguir las modificaciones necesarias para consolidar un modelo sin derechos laborales y sin aportar a Seguridad Social”.

Más información en https://elpais.com/economia



A Capgemini nuestra salud “no le compete''


La semana pasada asistimos a un nuevo comité de seguridad y salud (CSS) en el centro de Madrid. Entre sus
funciones cabe destacar el poder acceder a toda la información y documentación necesarias para analizar los daños a la salud, con el fin de valorar sus causas y poder promover iniciativas de prevención y mejora de las condiciones de trabajo.

Desde la empresa nos trasladaron información sobre el COVID: los talleres que están proponiendo, gente afectada, media de trabajadores que van al edificio OXXEO (unas 65 personas al día) y los desplazados en clientes que tienen que ir presencialmente. También nos comentaron que el aire se renueva continuamente para nuestra seguridad como si la ocupación fuera del 100% y que aparte de requerirse un permiso para ir a las oficinas, nunca se podrá superar el 58% de la capacidad del edificio.

Siendo ésta la ocupación máxima que puede haber, parece que desmiente al CEO cuando nos dijo en sus alocuciones que podía ir quien quisiera a trabajar a las oficinas.

Todo muy bonito hasta que desde la parte sindical empezamos a requerir los siguientes temas importantes:

  • Se propone volver a hacer una evaluación de Riesgos Psicosociales, ya que la última se hizo hace más de un lustro. Las condiciones no son las mismas, y la situación de ahora no sólo es una crisis sino, como han dicho muchos expertos esta nueva forma de trabajar ha venido para quedarse y va a implantarse a futuro. Por tanto, la salud de todos los trabajadores está en entredicho con estas nuevas formas de trabajo.
  • Se vuelve a solicitar la información, que ya se solicitó hace 5 meses, de la gente a turnos y que hacen disponibilidades para poder hablar con estas personas, conocer su situación, hacer un estudio y ver qué medidas preventivas podemos realizar para salvaguardar su salud ya que sus ciclos circadianos tanto en turnos como en las disponibilidades que se suelen hacer de noche o madrugada afectan seriamente a la salud.

La respuesta a la evaluación de Riesgos fue que no lo ven necesario, que es muy complicado y que conlleva mucho trabajo. Se les insistió y dijo que se lo pensarían.


Con respecto a los turnos, que ya nos lo pasarán, misma respuesta de hace 5 meses y en cuanto a las disponibilidades que no tienen esa información. ¿Cómo no van a tener esa información? Tenemos un acuerdo de cómo se gestionan y pagan y no tienen esa información ¿Qué pasa, se inventan el dinero que hay que pagar a la gente cuando las hace? Hay que ser muy cínicos e hipócritas.


Hemos insistido por activa y pasiva porque nuestra salud y su prevención es importante, y aunque a la empresa le de igual a nosotros no. Según la empresa esos temas “no competen” a este comité. Pues si para la empresa ‘’esas cosas’’ que pueden estar poniendo en riesgo la salud de los trabajadores, no competen al comité de seguridad y salud, que nos digan a cuál o a quién competen. Dejan muy claro que es lo que les importa nuestra salud fuera de la pandemia.

martes, 13 de octubre de 2020

Epidemia de saqueos. Fuera ladrones de la sanidad

En estos meses, políticos de todos los colores han tomado medidas contrarias a lo que dicta el sentido común y lo que clamaban los trabajadores sanitarios. Nos han aplicado, como vienen haciendo desde hace años, la medicina equivocada. No se ha potenciado la atención primaria, ni los laboratorios, ni las UCIs. No se han contratado los rastreadores necesarios, ni se han incrementado las, ya de por sí, escuálidas plantillas. Los miles de millones de euros, extraídos de nuestros impuestos y repartidos entre las diferentes administraciones sanitarias no han servido nada más que para llenar los bolsillos de las empresas y personajes que llevan años esquilmando la sanidad. Todo legal gracias a que unos ejecutan las medidas que llevan al desmantelamiento y al colapso de los dispositivos sanitarios, y otros las permiten al mantener el entramado legal. Sin embargo, los sectores más dinámicos han estallado en barrios y pueblos.

Hemos comprobado que ni la masacre de las residencias, ni los muertos producidos por la falta de respuesta del sistema a otras patologías, les importan. Ahora de nuevo es muy probable que los que estén en primera línea pueden verse de nuevo obligados, por falta de medios, a decidir a quién intentar salvar la vida y a quien no. Nos han llevado a la segunda ola, con premeditación, no es incapacidad.

Nos podemos indignar, pero no es suficiente. De nuevo habrá muertos que podrían haberse evitado, centenares de miles de trabajadores al paro, desahucios, pobreza, dolor… sobre todo repartido entre los de siempre, la clase trabajadora. Y el sistema sanitario saldrá más desmantelado, con pavorosas listas de espera, y los seguros privados frotándose las manos ante el negocio que se les abre ante sus ojos.

Este es un problema nuestro, si lo dejamos en las manos de quienes nos han traído a esta situación, nos arrepentiremos. Ahora más que nunca, es una necesidad salir a la calle para expulsar a los ladrones y defender el sistema público de salud. El próximo sábado 17 de octubre, organízate en tu barrio o localidad, sal a la calle, la lucha es el único camino.

Nunca más muertos evitables, Nunca más negocio con la sanidad.

¡Derogación de la ley 15/97 y del artículo 90 de la Ley General de Sanidad!


http://www.casmadrid.org/images/campanas/nunca_mas_muertes/1-PUNTOS%20y%20MANIFIESTO%20NUNCA%20MAS.pdf

https://www.casestatal.org/es/2020/10/listado-de-movilizaciones-de-cas-a-nivel-estatal-el-17-de-octubre/

Más información en https://www.casestatal.org/es/

martes, 6 de octubre de 2020

Arrancamos el otoño con nuevos despidos

 


Capgemini volvió a ejecutar el viernes 25 de septiembre un nuevo despido, esta vez en el centro de trabajo de Barcelona y ayer nos comunicó dos en el centro de trabajo de Madrid. Suponemos que seguirán despidiendo a lo largo de los próximos días ya que han pasado los 90 días correspondientes. La empresa ha abierto la veda para empezar a despedir otra vez a las 30 personas que le deja la ley.

Lo más triste de todo es que ya no nos sorprende a nadie está forma de actuar, se les pide a los profesionales que trabajan en Capgemini que hay que hacer un esfuerzo para que los clientes nos sigan dando proyectos, pero a cambio la recompensa que obtienen es el despido.

La última vez la empresa se cebó con la gente que se estaba formando, a pesar del esfuerzo que estaban realizando. No sabemos cuál va a ser el criterio esta vez, si es que alguna vez ha existido alguno, o es una manera de reducir el número de desasignados.

Parece que en las charlas que nos da el CEO para decirnos lo bueno que es trabajar en una compañía como esta, sólo cuentan las cosas buenas (en el hipotético caso que las hubiera) y obvia la incertidumbre que supone para la plantilla que cada cierto tiempo tienes la seguridad que va a ejecutar despidos.

Vemos que les da igual que haya pandemia o que no, que la gente además de estar preocupada por su salud con este virus que estamos padeciendo, tiene que estar preocupada de los despidos a las cuales la empresa no falta a la cita recurrentemente.

Esta empresa es fiel a su ideología, palo y zanahoria, aunque cada vez más palo (que se lo digan a los despedidos) y menos zanahoria (está sólo para sus allegados).

Esperemos que recapaciten esta forma de actuar, aunque mucho nos tememos que no va a ser así, seguirán con sus discursitos del orgullo de trabajar en Capgemini bajo la pauta de los consabidos siete valores, y al día siguiente te darán una patada en él culo y te echarán a la calle.


viernes, 25 de septiembre de 2020

Una sentencia reconoce el derecho a anular vacaciones coincidentes con el estado de alarma

 Una sentencia del Juzgado de lo Social de Santander ha reconocido a una trabajadora de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria su derecho a anular cuatro días de vacaciones que había solicitado porque coincidieron con el confinamiento general del estado de alarma y a sustituirlas por otro periodo vacacional.

La sentencia, que estima una demanda de la sección sindical de UGT en el Ejecutivo autonómico, aclara que la trabajadora solicitó a principios de año cuatro días de vacaciones, del 13 al 17 de abril, y que, tras decretarse el estado de alarma que se prolongó hasta el 21 de junio, envió un whatsapp el 24 de marzo para anularlas por coincidir con el confinamiento general y volvió a solicitarlo el 2 de abril.

El fallo judicial asevera de manera textual que si la trabajadora "no puede salir de su casa por confinamiento forzado no serán vacaciones, no se corresponderá ese periodo con un legítimo y constitucional derecho al descanso anual que todo trabajador ha de tener".

Comparable a una incapacidad temporal

La sentencia compara el caso con la situación generada por una incapacidad temporal y matiza que, "cuando un trabajador cae en situación de incapacidad temporal antes o durante el disfrute de las vacaciones, conserva el derecho a disfrutar sus vacaciones en un periodo ulterior", por lo que "parece razonable y lógico que, si se ve afectado por una causa de fuerza mayor que condicione de modo directo sus vacaciones, conserve su derecho a disfrutarlas".

"Obviamente todo disfrute de vacaciones conlleva la posibilidad de que el trabajador pueda descansar de la prestación anual de servicios para un tercero, esto es, que pueda desplazarse, salir de su domicilio, tener su ocio particular, visitar familiares, hacer deporte, etc...", agrega la sentencia.

"No tiene culpa o responsabilidad alguna en que su periodo de vacaciones coincidiera con una pandemia"

Además, aclara que, aunque el Gobierno de Cantabria alegó en el juicio que el centro donde trabaja la demandante (un instituto de enseñanza secundaria) tuvo durante el confinamiento "una actividad administrativa mínima" y que, si no se la convocó a trabajar fue porque estaba de vacaciones, "no tiene culpa o responsabilidad alguna en que su periodo de vacaciones coincidiera con una pandemia". 

Y la sentencia continúa: "Se constata que ya el 24 de marzo la trabajadora advirtió que su periodo de vacaciones coincidiría con el confinamiento, recordatorio que reiteró el 2 de abril; este proceder impide calificar como maliciosa o fraudulenta la actitud laboral de la demandante".

Derechos laborales con o sin estado de alarma

La sección sindical de UGT se congratula de esta sentencia del Juzgado de lo Social número 3 y subraya que "el estado de alarma no puede ser justificación para que los trabajadores pierdan unos derechos laborales contemplados en el convenio colectivo".

"Durante el estado de alarma se han tomado medidas que rayaban el incumplimiento, se han establecido jornadas y horarios sin negociación previa con el comité de empresa y se han generado multitud de conflictos laborales que no pueden justificarse solo por el hecho de estar viviendo una pandemia", agrega el sindicato en un comunicado de prensa.

UGT añade que estas situaciones de conflicto laboral se han producido incluso en cuestiones de conciliación familiar y laboral, donde el Plan MeCuida no ha dado respuesta a una necesidad social, y su ampliación hasta el 31 de enero de 2021 sin completarlo con un permiso retribuido sigue sin dar solución a las situaciones de cuidado.

El sindicato destaca que en esta sentencia subyace la imposibilidad de realizar teletrabajo para prácticamente todo el personal laboral del Gobierno de Cantabria, y subraya que la interpretación de vacaciones disfrutadas de la Consejería de Educación "no tiene sentido alguno" cuando coincide con un cierre nacional de centros educativos y con unos trabajadores a los que no se dio opciones de desempeñar su empleo a distancia.

Más información en https://www.20minutos.es/


Un juzgado de Madrid dicta que los despidos improcedentes se penalizan con la readmisión

 

El juez, que declara la regulación laboral nula, considera que el empleador infractor no puede elegir


La declaración de un despido como improcedente siempre conlleva una sanción para el empleador. El Estatuto de los Trabajadores (ET) permite al empresario elegir entre indemnizar al trabajador injustamente cesado o readmitirle. En este último caso, además, debe abonarle los salarios que ha dejado de percibir desde que le echó. Pues bien, ahora un juzgado de Madrid ha declarado nula esta regulación. En una reciente sentencia, el Juzgado de lo Social número 34 de Madrid dictamina que la ley no puede dejar esta opción en manos del empresario incumplidor. De esta forma, se igualarían los efectos entre el despido improcedente y el nulo (reservado para ceses discriminatorios u otra vulneración de derechos fundamentales).

El fallo (cuyo texto puede consultar aquí) obliga a un supermercado a reincorporar a un trabajador cesado por no cumplir órdenes y a indemnizarle con 2.500 euros. El juez que firma la resolución, declara nula la actual regulación sobre el régimen indemnizatorio del despido improcedente. En su opinión, el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, “aparentemente vigente”, vulnera el artículo 10 del Convenio OIT, que entró en vigor para España en 1986.

Despedido por no limpiar

Para el juez, la improcedencia del despido disciplinario en el caso sentenciado queda fuera de toda duda. La carta de despido no detalló suficientemente la actuación rebelde del empleado, encargado de la limpieza del almacén. Según el magistrado, la constatación de desorden y suciedad en los pasillos que tenía asignados no prueban la desobediencia, “ni siquiera la infracción de los deberes laborales”, subraya la sentencia. Además, conforme al convenio laboral aplicable, esta falta solo daría lugar al despido si fuese un comportamiento reiterado o hubiese causado un perjuicio para la empresa.

Lo que realmente se imputa al empleado, apunta el magistrado, es “no trabajar o no trabajar suficientemente”. Sin embargo, el relato de hechos de la carta de despido resulta insuficiente al no indicar cuál debería ser el rendimiento normal y cuál el desarrollado por el empleado.

Compensación justa

La consecuencia de la improcedencia del despido, continúa el juez, sería, según la legislación “aparentemente vigente”, la de otorgar un plazo de cinco días a la compañía para que decida si prefiere indemnizar a su empleado o readmitirle. Sin embargo, argumenta que esta solución es contraria a los tratados internacionales firmados por España.

En su opinión esta previsión vulnera el derecho de los trabajadores a una compensación justa. En primer lugar, porque si se opta por la indemnización, esta no incluye el sueldo que ha dejado de percibir el empleado desde su cese (salarios de tramitación). Y si opta por la readmisión, no se estaría indemnizando el daño que le ha supuesto el despido. Además, expone, a través de esta regulación se está sentando una “política legislativa favorecedora de la extinción contractual”.

Al penalizarse al empleador con la carga de los salarios de tramitación y la cotización a la Seguridad Social, “la readmisión se ve desincentivada”. Según señala el magistrado, se ha convertido en una “opción meramente formal”.

La sentencia apunta también que deben rechazarse las “fórmulas de indemnizaciones tasadas”, y que estas deben ser “proporcionales y adecuadas a los daños y perjuicios realmente sufridos por cualquier concepto”. Además, deberían tenerse en cuenta “criterios que disuadan del recurso al despido improcedente”.

De acuerdo con estos criterios, concluye, “no procede conferir al empleador opción alguna”. El juez condena a la empresa a readmitir inmediatamente al empleado, pagarle los salarios de tramitación con intereses y a abonarle “una indemnización adicional de carácter disuasorio”, que cifra en 2.500 euros. El trabajador, señala, podrá reclamar además “la diferencia que pudiera corresponderle entre dichas indemnizaciones y el perjuicio efectivamente sufrido”.

Más información en https://cincodias.elpais.com


jueves, 24 de septiembre de 2020

Ojo a estas frases en el trabajo: si te las dicen seguro que se quieren aprovechar de ti

Existen determinadas frases que suelen hacer saltar las alarmas de las personas que buscan trabajo.

 Frases que se suelen decir en las entrevistas de trabajo o en las ofertas y que suelen indicar algún tipo de abuso laboral.

Por eso desde Mierda Jobs queremos hacer un recopilatorio para que muestres mucha atención.

"Aquí se sabe cuándo se entra, pero nunca cuando se sale"

Esta es la típica frase en la que te están diciendo que vas a echar más horas de las que deberías. Hay trabajos en los que te piden disponibilidad de mañana, tarde, noche y fines de semana y luego no te pagan ni 1.000 euros al mes.

"El sueldo no es muy alto, pero se aprende muchísimo"

Poco hay que explicar de esta frase porque si alguien dice esto ya está todo el bacalao vendido.

"Buscamos personas resolutivas y que sepan trabajar bajo presión"

Esta frase es muy típica de anuncios para trabajar en call center o de comerciales. La "presión" es básicamente no parar de recibir llamadas una detrás de otra y tener que contar los segundos que tardas en ir al baño.

"No pagamos pero te damos difusión y/o experiencia"

Típica excusa usada para becarios, fotógrafos, periodistas, artistas… Suelen ser empresas que se aprovechan del trabajo ajeno y que ofrecen ese "maravilloso" incentivo.

"Prácticas no remuneradas"

El problema de las prácticas es que muchas de ellas cubren trabajos estructurales a coste cero o a muy bajo coste para la empresa.

"¿Quieres ser tu propio jefe? Buscamos emprendedores"

Esta frase es típica de empresas que externalizan sus productos. Suelen ser empresas en las que se venden productos a través de las redes sociales y el vendedor se lleva una pequeña comisión por cada producto que venda.

"Aquí somos una gran familia"

Cuando un empresario dice que son una gran familia es muy posible que te esté pidiendo un compromiso con la empresa que no va a estar lo suficientemente pagado. Apelar a la familia, el cariño y el amor suele dejar bastante atrás el dinero.

Una vez que una persona ya tiene el trabajo también existen una serie de frases muy comunes a la hora de explotar laboralmente o abusar laboralmente de los empleados.

"Muchas personas desearían estar en tu puesto"

Es una maravillosa muestra de cómo meter miedo a un trabajador poniendo el foco en él mismo y dejando atrás sus condiciones laborales.

"Tienes que estar disponible las 24 horas por si hay una urgencia"

La frase lo dice todo, pero es una forma más de aprovecharse de ti porque seguramente no te pagarán el plus de disponibilidad. Además, se saltan el derecho al descanso y a la desconexión.

"Si te gusta tu trabajo no trabajarás nunca"

Eso es una mentira como una casa de grande y abre la puerta a la explotación por vocación. Evidentemente que si te gusta tu trabajo vas a trabajar mejor y más a gusto, pero vas a trabajar con todas las letras.

"Por lo menos tienes trabajo"

Evidentemente que hay muchísima gente que busca trabajo y no lo encuentra, pero el hecho de tener trabajo no legítima en ningún caso la explotación.

"Aquí tenemos que arrimar el hombro"

Está perfecto que la gente esté bien en la empresa y obviamente cuando hay que trabajar duro, se trabaja duro, pero eso no puede servir de excusa para que te tengan todo el día trabajando, bajo mucha presión y bailando con las extras.

Más información en https://blogs.publico.es

lunes, 21 de septiembre de 2020

¡NO NOS VAN A ENCERRAR! ¡NO NOS VAN A CALLAR!

 ¡NO NOS VAN A ENCERRAR! ¡NO NOS VAN A CALLAR!



 La situación sanitaria en Madrid ha llegado a niveles de auténtica alarma social: se han disparado los contagios, los hospitales están llegando al límite de su capacidad y las UCIs están a punto de colapsarse de nuevo. El inicio del curso escolar ha superado la cifra de 2.000 niños y niñas contagiadas en primaria antes incluso de que se iniciaran las clases para el resto de cursos. Los datos, que se han venido manipulando durante estos meses, son alarmantes a pesar de que se siguen ocultando, como la situación dramática de las residencias de mayores.

La situación preocupa a todo el mundo excepto a los responsables: responsables de la situación a la que han llevado a la sanidad pública durante años de recortes y privatizaciones, responsables de no haber tomado medidas sabiendo que pasado el verano era probable un segundo embate de la pandemia, responsables de no haber preparado una vuelta a las aulas segura con una dotación suficiente de personal y de espacios, responsables de no haber contratado el personal sanitario, de no haber garantizado el funcionamiento de los centros de salud, de no haber asegurado que los hospitales tuvieran su capacidad disponible, de no haber contratado rastreadores, de no haber tomado medidas para que las residencias no vuelvan a convertirse en trampas.

 Estos responsables directos son el Gobierno de la Comunidad de Madrid, la Presidenta y el Vicepresidente, sus consejeros y directivos, rodeados de toda una caterva de asesores, mercaderes y representantes de empresarios y banqueros, que no han tomado ni una sola medida para mitigar el sufrimiento de las personas, pero sí han aprovechado la tragedia para convertir el dolor por la pandemia en oportunidades de negocio para sus amigos y allegados. 

No han perdido ocasión tampoco para culpar a las víctimas de sus políticas, dejando aflorar su esencia clasista y su racismo, igual que al principio de la pandemia hicieron bandera de sus ideario machista y retrógrado.

 La presidenta de la Comunidad de Madrid ha dejado claro, en su comparecencia, cuáles son sus objetivos: defender los intereses de unos pocos, cuando no ha tomado ninguna medida para apoyar a quienes sí han visto sufrir su economía, las trabajadoras y trabajadores, asalariados y autónomas, quienes perdían sus empleos y su medio de vida.

 Ni siquiera se ha tomado medida alguna para garantizar que los centros de trabajo o los medios de transporte sean seguros. Lo importante es el negocio, que a quienes se exime de impuestos dispongan de la mano de obra suficiente, barata, sustituible según vaya cayendo. Una mano de obra que hay que mantener contenida en sus recipientes hasta el nuevo turno, evitando que vea a sus familiares o que haga ningún tipo de vida social, para que los contagios se limiten a los centros de trabajo y los medios de transporte.

 Los culpables se permiten reclamar con socarronería a las víctimas que sean responsables, que no se manifiesten, que sigan trabajando y no molesten. Y anuncian un incremento de los medios represivos y de la coacción, para lo que el alcalde de Madrid no ha dudado en ofrecer su apoyo.

 ¡Es la hora de actuar!

                                                                  Más información: fesibac.org

viernes, 11 de septiembre de 2020

La empresa, el caciquismo sindical y el Comité Internacional

Los sindicatos de cabecera de la empresa, es decir CCOO y CSIF, han elegido a un representante y al suplente que va al Comité Internacional comunicándoselo unilateralmente a la Dirección sin votarlo en los Comités de Empresa como se había hecho hasta la fecha.

Esta vez lo han hecho ayudados por los delegados de esos mismos sindicatos de Altran, que se han incorporado a la empresa, así que ya nos podemos imaginar el rodillo a disposición de los gestores de la compañía cuando necesiten firmar EREs, ERTEs, Art. 41 o cualquier cosa que se os pueda ocurrir.


Para poneros en antecedentes, el Comité Internacional es un órgano en el que se supone que están representados los trabajadores de los distintos países donde tiene sede la empresa con más o menos miembros en función del número de empleados. Es un órgano consultivo en el que los representantes de cada país exponen con más o menos ímpetu la situación de los trabajadores de la compañía en sus respectivos países.


Esta es la primera vez que estos caciques sindicales y con el beneplácito de la empresa, o impulsado por ella, han decidido cambiar la reglas y se han saltado a los Comités de Empresa (ni siquiera se han dignado a aparecer por los plenos), no reconociendo el resultado de las votaciones que se han realizado para elegir a los representantes, como se había hecho siempre en esta compañía.


La ley ampara a estos secuaces sindicales para poder hacerlo de esta manera al sumar sus delegados (CCOO y CSIF de Capgemini y Altran) la mayoría de los representantes.


Así que a partir de ahora esperemos lo peor, ya que por si alguien tenía alguna duda de donde se toman las decisiones con la empresa, son en las cúpulas de estos llamados “sindicatos”, luego vendrán que quieren dialogar y bla-bla-bla.


Las secciones que no estamos podridas desde la raíz, hemos intentado que esto no sucediera, pero la legislación está hecha para estas grandes centrales sindicales y sus negocios con las empresas. Pero que a nadie le quede duda de que vamos a seguir dando la batalla en todos los frentes, ya que nos tememos que lo que queda de año y el que viene va a ser muy complicado.

lunes, 7 de septiembre de 2020

Ampliación del plan 'Me cuida'

 El Ministerio de Trabajo ha anunciado que ampliará el plazo de las medidas de conciliación que incluye y que estaban previstas solo hasta finales de septiembre. 

Los primeros decretos que publicó el Gobierno tras la declaración del estado de alarma para frenar los contagios de covid-19 incluían medidas de conciliación que se englobaron en el llamado plan 'Mecuida'. El Ministerio de Trabajo establece mecanismos que dan derecho a la persona para que la empresa reorganice su trabajo a efectos de facilitar el cuidado, o a reducir su jornada con pérdida proporcional del salario, y sin que su ausencia pueda implicar ninguna sanción.

A las medidas que incluye este plan se podrán acoger los padres cuyos hijos sean enviados a casa para hacer la cuarentena pero no den positivo en un test PCR. La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha confirmado esta semana que no podrán pedir baja médica salvo que el menor esté contagiado. El plan estaba previsto que terminara su vigencia tres meses después del estado de alarma (21 septiembre) pero la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado que se ampliará.

Reducción o adaptación de la jornada

Las principales medidas que recoge el plan son la reducción de la jornada (hasta el 100%) con la consiguiente pérdida de salario o la adaptación del horario. Pueden pedirlo las personas trabajadoras por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, tendrán derecho a acceder a la adaptación de su jornada y/o a la reducción de la misma  cuando concurran circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria del covid-19.

Se trata de un derecho individual de cada uno de los progenitores o cuidadores.

Cambio de turno y teletrabajo

El derecho a la adaptación de la jornada podrá referirse a la distribución del tiempo de trabajo o a cualquier otro aspecto de las condiciones de trabajo, cuya alteración o ajuste permita que la persona trabajadora pueda dispensar la atención y cuidado objeto del presente artículo. Puede consistir en cambio de turno, alteración de horario, horario flexible, jornada partida o continuadacambio de centro de trabajocambio de funciones, cambio en la forma de prestación del trabajo, incluyendo la prestación de trabajo a distancia.

En todos los casos, el Ministerio de Trabajo insiste en que el derecho debe ser justificado, razonable y proporcionado en relación con la situación de la empresa, particularmente en caso de que sean varias las personas trabajadoras que acceden al mismo en la misma empresa.

Mas información en :https://www.heraldo.es/