jueves, 30 de julio de 2020

Comisión de Reconstrucción de la Sanidad: aún ahora, la privatización avanza

En la Comisión de Reconstrucción se pretende ultimar un nuevo episodio del expolio de la Sanidad Pública. Se asienta en un proceso de privatización y desmantelamiento de los servicios públicos que comenzó a gestarse a finales de los años ochenta. Es importante recordarlo para entender la continuidad de las políticas de los gobiernos al servicio del capital.

En 1989, gobernando en Gran Bretaña Margaret Thatcher, se publicó “Working for patients”, un libro blanco para la privatización del servicio de salud más importante de Europa Occidental. Este informe, que mantenía las apariencias de lo público -la financiación pública y la gratuidad del servicio- se constituyó en programa marco para la mercantilización y la gestión del sistema sanitario.

En 1991 el PSOE encargó a una comisión de “expertos”, la llamada Comisión Abril (1), la elaboración de un documento para “garantizar la sostenibilidad del SNS”.

En todas las Subcomisiones había “expertos” propuestos por aseguradoras privadas, industria farmacéutica, y por lo que llaman sociedad civil: bancos, empresas inmobiliarias, fondos de inversión, etc. El objetivo real, y por supuesto no reconocido, era transformar en beneficios privados el ingente presupuesto público. Sus conclusiones escondían la privatización del SNS, como a los pocos años se pudo demostrar con la aprobación de la Ley 15/97, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud (2).

Bajo el discurso de la “modernización” de la sanidad se introdujo masivamente el derecho privado y la gestión empresarial en el ámbito sanitario. Se aplicaron las recetas típicas de la empresa privada (ahorro disfrazado de eficiencia y sostenibilidad, precarización masiva del personal, colaboración público-privada, sustitución del derecho público por el privado, etc.), con los resultados conocidos por todo el mundo.

De esta forma, 6 años después del citado Informe Abril se abrió en canal el Sistema Nacional de Salud para que pudieran penetrar a placer todo tipo de empresas, eso sí garantizando la “naturaleza pública” de los diferentes experimentos. Esa “naturaleza pública” es algo así como el misterio de la Santísima Trinidad. El secreto fundamental es que el dinero salga del presupuesto público, se gestione con los menores controles posibles de la calidad asistencial y de la contratación, se apliquen a discreción los contratos basura y se transforme en beneficios el mayor porcentaje posible.

No es sorna, el tiempo nos ha demostrado que cuando el PSOE hablaba de naturaleza pública, es que público iba a ser el dinero que se iban a embolsar la multiplicidad de fórmulas organizativas que la patronal privada ha utilizado para asaltar las arcas públicas; sí, esos 71.000.000 millones de euros que sacan de nuestros impuestos.

Parece que la historia se repite. La Comisión para la Reconstrucción está trabajando para vendernos las bondades de la colaboración público-privada y de la gestión empresarial en los centros de gestión directa, en un envoltorio nuevo.

De nuevo el PSOE, ahora con la colaboración inestimable de Podemos. Y todo ello, a pesar de que la actual ministra de Igualdad formó parte de  la  plataforma Matusalén, que junto a CAS lideró entre 2005-2012 la lucha por la derogación de la Ley 15/97. En aquella época Irene Montero participó en la campaña por la derogación de la Ley 15/97 que logró presentar 500.000 firmas en el Congreso gobernando Zapatero. Pero al asaltar las moquetas se dejan en el trastero las luchas de juventud.


En treinta y tres páginas, con sesenta y ocho recomendaciones, han conseguido, con una habilidad sorprendente, lo que la patronal de la sanidad soñaba: no mencionar siquiera la causa central del desastre vivido con la pandemia del Covid–19, es decir la penetración del negocio privado en la sanidad pública.

El objetivo mayor del capital es la privatización total del sistema, como en EE.UU. A ese objetivo sirvieron los recortes del gasto utilizando el chantaje de la Deuda, realizado a través de sus grupos de presión, sobre todo de la Unión Europea. El resultado: desmantelamiento de la sanidad pública e insoportables listas de espera. La consecuencia, el ascenso meteórico de las pólizas de las aseguradoras privadas.

Mientras tanto, la finalidad del capital es hacerse con la mayor cantidad posible de los 70.000 millones de euros anuales del presupuesto sanitario público. ¿Nada de esto, que ha sido percibido por la gente corriente durante la pandemia, ha podido ver la Comisión de Reconstrucción? Ningún “experto” les ha explicado que:

· Las listas de espera han servido como pretexto para aumentar el gasto en conciertos con clínicas privadas de patologías rentables, permitido por el artículo 90 de la Ley General de Sanidad. El gasto estatal promedio en conciertos es del 12%, en Cataluña alcanza el 25% y en CC.AA. como Madrid o Baleares se ha duplicado en los últimos años.

· La gestión privada de hospitales financiados con dinero público, resultado directo de la Ley 15/97, realiza el sueño dorado de cualquier capitalista: contar con financiación pública, tener la clientela asegurada, poder imponer condiciones de precariedad laboral, supeditar los recursos ofertados a la obtención de beneficios y seleccionar pacientes rentables. A este concepto se destina más del 10% del gasto, por ejemplo, en Madrid.

· La multitud de servicios privatizados, muchos desde hace décadas,  algunos esenciales como la limpieza, cocinas, lavanderías, laboratorios, diagnóstico por la imagen, etc., con el correspondiente deterioro del servicio y cuyos concesionarios son bancos, inmobiliarias, farmacéuticas o fondos de capital-riesgo.

· La industria farmacéutica que controla cerca del 25% del gasto sanitario público y que tiene en sus manos la producción, distribución  y venta mayorista de medicamentos. También domina, en la práctica, el registro de medicamentos, la publicidad de los mismos, los planes de estudio del personal médico y de enfermería, la investigación, la formación continuada de personal médico y las decisiones políticas a través de la eficacia demostrada de las “puertas giratorias”. La Comisión ha seguido la senda de lo ocurrido con la Hepatitis C. Entonces no se hizo nada para emitir licencia obligatoria y aplicar el criterio de utilidad pública que hubiera permitido fabricar un genérico 200 veces más barato (3). Ahora tampoco se menciona tal posibilidad. Ni una palabra sobre la creación de una industria sanitaria pública (4).

Las Conclusiones de la Comisión constituyen un imposible equilibrio para ignorar los dos pilares básicos sobre los que se asienta un sistema sanitario equitativo, capaz de reducir las desigualdades en la atención sanitaria y que consiga la mayor calidad con el menor gasto: la incompatibilidad absoluta entre lo público y lo privado y la planificación democrática e integral del sistema sanitario en función de objetivos de salud previamente diagnosticados.

Si se oculta lo esencial se pueden llenar páginas con farfolla perfectamente inútil y con propuestas contradictorias. Los ejemplos en estas Conclusiones de la Comisión son abrumadores:

- Se habla de gestión “emprendedora” para no hablar de la empresarial, aunque el sinónimo es evidente. Se utiliza la supuesta panacea de la aplicación de la personalidad jurídica “a todos los centros sanitarios para asegurar la autonomía de gestión presupuestaria, de compras, de personal, etc.” para extender las “Unidades de Gestión Clínica”. La llamada “gestión clínica” es un eufemismo inventado para ocultar su nombre original “Unidades de Gestión Empresarial”, más difícil de camuflar. Hace años ya explicamos su funcionamiento en atención primaria (5), y nuestras sospechas de enriquecimiento privado se vieron confirmadas (6).

 - En el caso de la atención especializada, se trata de que servicios o grupos de servicios rentables de un hospital se doten de personalidad jurídica, conformando una especie de microempresas dirigidas por una élite de médicos, con un contrato programa basado en objetivos de actividad (tantas intervenciones, tantas pruebas, tantas consultas, tantas altas) y no en objetivos de salud. La experiencia ha demostrado el enorme fraude inherente a este modelo, exactamente el mismo que ocurre en la gestión privada: altas precoces que reingresan o mueren y no se contabilizan, prescripción de pruebas innecesarias o no realización de las adecuadas o selección de pacientes “rentables”. Y eso sucede no porque tengan perversos instintos, sino porque del ahorro dependerá el reparto anual de beneficios. Exactamente igual que el dueño de una empresa que ahorra en materias primas o en el incremento de la explotación de su plantilla. Es la lógica del capital.

Así, se plantea aplicar la gestión “emprendedora” con personalidad jurídica a “todos los centros sanitarios”, reestructurando ”internamente los hospitales o las redes de hospitales en Áreas o Unidades de Gestión Clínica”, creando un espacio de cogobierno basado en los Acuerdos de Gestión Clínica. Por supuesto, con competencias en la gestión de personal. ¿Alguien puede explicar dónde quedan las buenas palabras del documento en cuestión sobre la eliminación de la precariedad laboral y la escasez de personal cuando el equipo dirigente de la “Unidad de Gestión Clínica” del centro en cuestión tenga manos libres para contratar personal, gestionar bajas y, en general, utilizar la precariedad y la correspondiente amenaza de despido como chantaje laboral?

- A la misma finalidad de camuflar los verdaderos objetivos cuando los vientos de la opinión pública –tras los escándalos vividos- no son favorables a todo lo que suene a sanidad privada, responde el críptico párrafo en el que se dice: “…Servicios Autonómicos de Salud, frecuentemente encorsetados en sus capacidades de decisión, explorando las fórmulas jurídicas y organizativas más adecuadas para ello”. Se trata de “confundirse con el paisaje” como recomendaba un destacado representante de la sanidad privada. Lo que sucede es que ya nos sabemos la cantinela. Los “corsés” son la Intervención Pública que obstaculiza contratos a dedo, los convenios y el Estatuto Marco, los Tribunales de Cuentas, y, en general, todo lo que en el Derecho Público está previsto para controlar la administración de los recursos públicos.

- La Atención Primaria (AP) se ha ido degradando a medida que avanzaban los objetivos de privatización y se ha mostrado en todo su patetismo con el Covid, en Comunidades Autónomas como Madrid. La AP debiera jugar un papel central en un sistema que funcionara con objetivos de mejora de la salud y reducción de la enfermedad, centrado en la prevención y en la acción comunitaria, absolutamente claves, especialmente en situaciones de epidemia. Al igual que en la medicina privada, en la actual AP no se considera en absoluto el medio social y laboral y el paciente se reduce a un órgano enfermo, con el consiguiente deterioro de la calidad asistencial. La atención primaria se convierte así en un mero apéndice de la atención especializada, y sobre todo del hospital. Nada de esto se aborda en las Recomendaciones, cuando este modelo, entre otras cosas,  reduciría sensiblemente la sobrecarga en centros de especialidades y hospitales.

- Algo muy parecido sucede con los servicios de Salud Pública, Epidemiología o Sistemas de Información. En un sistema fragmentado, meramente asistencial, sin planificación en función de objetivos de salud y de reducción de la enfermedad, esas unidades que deberían regir el funcionamiento del conjunto del sistema, son meros aditamentos perfectamente prescindibles y sin ningún peso decisorio real como ha quedado demostrado en la pandemia del Covid-19.

- A muchas voces defensoras de la sanidad pública se les ha pretendido consolar con la propuesta de la Comisión de Reconstrucción en la que se propone que el incremento presupuestario vaya dirigido sólo a los centros con gestión directa pública. La ingenua credulidad se convierte en irresponsabilidad cuando se comprueba, como ahora, que las consecuencias son miles de muertes perfectamente evitables. Porque los intereses del capital privado no han cambiado, solo intentan como ellos mismos dicen “confundirse con el paisaje”. Porque, ¿qué son las Unidades de Gestión Empresarial –sin eufemismos– que pretenden hacerse extensivas a todos los centros sanitarios? ¿Son gestión pública directa, cuando del ahorro dependen los incentivos del equipo directivo y este puede comprar, como les gusta decir “externalizar”, servicios, contratar o no personal y aplicar los perversos mecanismos de ahorro ya descritos? ¿Es o no gestión pública directa, la decisión de entes con personalidad jurídica de concertar con la sanidad privada intervenciones quirúrgicas de baja o mediana complejidad, las más rentables? Los conciertos van a seguir extendiéndose mientras siga vigente el artículo 90 de la Ley General de Sanidad: quien concierta con la privada son los gerentes de cada hospital, eso sí, con el dinero de la gestión directa.

- El tratamiento de la Salud Mental en el citado Informe es un escarnio cuando los gobiernos centrales, del PSOE y del PP, eliminaron de la cartera servicios aspectos clave como la psicoterapia, y han asistido impasibles al desmantelamiento por parte de diferentes gobiernos autonómicos de los servicios públicos comunitarios de salud mental.  Empezaron por liquidar la Psiquiatría Infantil y la Psicología y los Centros se transformaron en meras consultas de psiquiatría en los hospitales. Y esta desaparición tampoco es casualidad: desde hace mucho tiempo los medicamentos más prescritos son ansiolíticos y antidepresivos, a mayor gloria de la industria farmacéutica.

Se dedica a Salud Mental escuetamente un punto, el último, que dice así: “Incrementar significativamente la inversión en salud mental, construyendo un verdadero sistema integral de atención, que combata la estigmatización, que tenga un enfoque de género y de derechos humanos”. Sobran los comentarios.

- Otro tanto sucede con la salud laboral, en manos de las Mutuas Patronales que la han convertido en un instrumento más de explotación y de penalización de la enfermedad. Todo ello en un Estado que ocupa el primer lugar de la UE en accidentes mortales de trabajo y en el que prácticamente las enfermedades profesionales no existen, porque ni se diagnostican, ni se les reconoce tal categoría. El amianto es el último y criminal ejemplo. Se dedica a la salud laboral un único artículo, cuya credibilidad habla por sí misma: ”Reforzar los servicios de medicina preventiva y de prevención de riesgos laborales en todos los niveles asistenciales”.

- Otro aspecto destacable es el medio ambiente, que el documento solo toca en un punto, prometiendo un Plan Nacional de Salud y Medio Ambiente. El medio ambiente es hoy día responsable de gran parte de las patologías crónicas de los países mal llamados desarrollados. La evidencia científica demuestra que muchas de esas patologías son producidas por los miles de tóxicos que impregnan todos los aspectos de la vida diaria, desde el trabajo, la casa, o el ocio. Siendo así, se elude dar autoridad a los centros sanitarios para que, ante evidentes ataques a la salud colectiva como es el caso de las industrias tóxicas (7), puedan actuar sobre los “productores de enfermedad”, olvidando el sentido común más básico: “Prevenir lo que no sabemos curar”.

Se podría argüir que existen promesas esperanzadoras, a la espera de que realmente se concreten en algo real. En este grupo estaría el refuerzo de la atención primaria; el desarrollo de una red de hospitales de media y larga estancia (déficit histórico en el Estado español); la posible vinculación de la atención sanitaria a las residencias de mayores desde atención primaria; la eliminación progresiva” del copago de medicamentos; ”el aumento de  los recursos destinados al Sistema Nacional de Salud hasta alcanzar al menos la media europea en porcentaje del PIB estabilizado al final de la legislatura”; y el “incremento significativo de camas hospitalarias de gestión y titularidad pública en todo el país al final de la legislatura, la mayoría de ellas de larga y media estancia”. En los próximos meses veremos si se concretan o no dichas propuestas, y si todos los servicios de salud las aplican.

De cualquier forma, después de no dedicar ni una sola palabra a la privatización de la sanidad pública -cuando sus tentáculos atraviesan de diferentes formas todo el sistema sanitario- decir que se va a incrementar la financiación sirve para engañar a incautos y es, desde luego, una estupenda noticia para el negocio privado: ese aumento del gasto irá a parar a sus cuentas de resultados. La privatización de la sanidad, la que no es citada ni una vez en las Conclusiones de esta Comisión, insistimos, goza de buena salud. Como muestra, en el periodo 2014-2018, el crecimiento de la facturación de los hospitales privados no benéficos fue de casi 1.000 millones de euros, un crecimiento del 16,71%. Al mismo tiempo, los seguros privados han aumentado el número de pólizas en casi un 15% entre 2015 y 2019, llegando a superar ya los 10 millones, mientras el volumen de las primas de las compañías ha crecido un 20% (8).

La Coordinadora Antiprivatización de la Sanidad lleva desde 2004 luchando por la incompatibilidad absoluta entre sanidad pública y negocio privado y exigiendo un sistema público planificado en función de objetivos de salud con participación de la población.

Ante las desastrosas consecuencias de la pandemia por Covid 19 ha promovido la reivindicación de los siguientes puntos que 160 organizaciones del Estado respaldan.

Nunca más muertos evitables, Nunca más negocio con la sanidad

 1. Derogación de la ley 15/97 y del artículo 90 de la Ley General de Sanidad. Rescate de todo lo privatizado. Potenciación y desarrollo de un nuevo modelo de atención primaria centrada en la salud colectiva, y no solo en la atención individual. Supresión de redes paralelas. Incompatibilidad absoluta público-privado. Fuera las empresas de la sanidad. Sanciones y/o intervención de aquellos centros privados que no han utilizado sus recursos o han cerrado en plena pandemia.

2. Por una industria sanitaria y farmacéutica pública.                                          

3. Sanidad para todos, independientemente de la situación administrativa.

4. Cuidados de nuestros mayores con dignidad

5. Por un sistema sanitario centrado en los determinantes sociales de la salud y la enfermedad.

Por un sistema público, universal, y con gestión democrática

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Organizaciones sindicales y sociales presentan la plataforma “Contra las Desigualdades Sociales. Por la Justicia Social y Ambiental”

El espacio común de luchas tiene el objetivo de movilizar a la clase trabajadora y a los sectores populares, no admitirá formaciones políticas y prevé sus primeras acciones para este otoño.

Diferentes organizaciones y colectivos alternativos del ámbito sindical y social han presentado en rueda de prensa una nueva plataforma, en construcción, para luchar contra las desigualdades sociales y el continuo ataque a los derechos y a las libertades de la población en estos tiempos.

La rueda de prensa de presentación ha tenido lugar en la sede de la Confederación General del Trabajo (CGT). En la misma, representantes de Ecologistas en Acción, Coordinadora Estatal de Mareas Blancas y CGT han explicado que el objetivo que persiguen con la creación de este espacio común es el de movilizar a la clase trabajadora y a todos los sectores populares que se están viendo gravemente afectados en estos momentos de crisis socioeconómica que la sociedad atraviesa.

Desde este frente común han dejado claro a los medios de comunicación que la plataforma estará constituida principalmente por organizaciones y movimientos sociales, y que desarrollará su actividad fundamentalmente en los territorios. Por ello, la acción será independiente a Gobiernos y partidos políticos, por lo que no habrá formaciones de ningún color o signo político en la misma.

El objetivo marcado es la lucha contra las desigualdades sociales que se han visto incrementadas en el Estado español, y en todo el planeta en general, en los últimos meses. Estas desigualdades están produciendo un drama colectivo entre la mayoría social, a la vez que se comprueba que los mismos de siempre vuelven a sacar rédito de otra crisis del capital con privatizaciones y desmantelamientos de servicios públicos, agresiones a los derechos y libertades sociales y sindicales, y el ataque continuado al medio ambiente con consecuencias irreversibles para las generaciones futuras.

Esta plataforma, que todavía está construyéndose, comenzará a funcionar en otoño de 2020, tras la primera reunión presencial siempre que la pandemia de Covid-19 lo permita.

Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT

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martes, 28 de julio de 2020

El desprendimiento de retina que sufrió una trabajadora delante del ordenador es accidente laboral

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por esta trabajadora que sintió molestias en sus ojos y alteraciones visuales cuando realizaba sus funciones delante del ordenador en la oficina.

La Sala de lo Social establece que el desprendimiento de retina sufrido por una administrativa de la Seguridad Social mientras trabajaba delante de la pantalla del ordenador debe ser considerado un accidente laboral al tratarse de una lesión súbita que se ha producido en lugar y tiempo de trabajo.
El tribunal estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por esta trabajadora que sintió molestias en sus ojos y alteraciones visuales cuando realizaba sus funciones delante del ordenador en la oficina.
Tras ser operada de desprendimiento de retina, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) declaró que su incapacidad temporal derivaba de enfermedad común. Como no estaba de acuerdo con dicha declaración, la recurrente demandó al INSS y el juzgado Social nº 3 de Orense le dio la razón al calificar su incapacidad derivada de accidente de trabajo. Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia declaró que la incapacidad temporal de esta trabajadora derivaba de enfermedad común porque no consideró aplicable la presunción establecida en el artículo 115.3 LGSS al no haberse acreditado que la causa del desprendimiento de retina fuese un traumatismo. También entendió que no había datos de los que deducir una relación de causalidad entre la lesión y el trabajo, puesto que la literatura médica no considera el trabajo frente a pantallas de ordenador como causa de desprendimiento de retina.
El Tribunal Supremo, por su parte, considera que “el hecho de que se trate de una lesión súbita que aparece en tiempo y lugar de trabajo conduce necesariamente a la aplicación del artículo 156.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en cuya virtud se presume que estamos en presencia de accidente de trabajo”. Un artículo que establece que se presumirá, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en lugar de trabajo. Más aún, añade la Sala, “si se tiene en cuenta que no cabe excluir el factor trabajo en el desencadenamiento de patologías oculares, en concreto, el desprendimiento de retina, sin perjuicio de que, estadísticamente existan otras causas más frecuentes”.
Por ello, indica, “que establecida la presunción corresponde a quien pretende destruirla acreditar la falta de conexión causal entre trabajo y lesión; acreditación que no se ha producido en este caso, pues no puede considerarse como tal el argumento de que no existen casos en la literatura médica que conecten trabajo ante pantallas de ordenador con desprendimiento de retina”.
En primer lugar, explica la sentencia, porque aunque la tarea realizada cuando se produjo el fatal evento se producía ante una pantalla, la presunción legal se refiere al tiempo y lugar de trabajo y no a los instrumentos del mismo; y, en segundo lugar, porque la destrucción de la presunción hubiera exigido la acreditación de una radical incompatibilidad entre el trabajo y la lesión que en este caso no se ha producido.
Por este motivo, la Sala estima el recurso de esta trabajadora y anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que declaró que su incapacidad temporal derivaba de enfermedad común.
Más información en: https://elderecho.com/

Call centers, focos de contagio y precariedad

Cuando Pedro Sánchez decretó el estado de alarma a mediados de marzo, advirtió de que “todos los trabajadores de actividades no esenciales” debían quedarse en casa durante los siguientes 14 días. Entre las 25 actividades exentas de la orden no estaba la de teleoperadora, pero la mayoría de la plantilla siguió acudiendo a las oficinas. Los call centers, que ya eran un epicentro de precariedad, pasaron a serlo también de contagios.

“Consejería de Sanidad, buenas tardes, ¿en qué puedo ayudarle?”. Así empezaba el 13 de marzo la primera llamada que atendió Álvaro, quien prefiere no dar su nombre real. “Gracias por la llamada, espero que se recupere”, concluyó antes de colgar la última de aquel día, la número 125 de una jornada laboral de cinco horas. Horas después de que Álvaro abandonara su puesto de trabajo, se anunció la declaración del estado de alarma. A partir del día siguiente, solo deberían ir a sus puestos de trabajo las personas empleadas en actividades categorizadas como “servicios esenciales”.
Pero a las ocho de la tarde del día 14, en Alcobendas, en las oficinas de Konecta, Álvaro y el resto de sus compañeros contratados para atender al teléfono de información sobre el coronavirus de la Comunidad de Madrid no paraban de atender llamadas. “Saltaban una detrás de otra y no nos daba tiempo a cogernos los descansos”, comenta, en contra del descanso de 23 segundos antes de atender otra llamada que dicta el convenio. 

SIN PROTECCIÓN

Álvaro acababa de incorporarse a prestar ese servicio tras una “llamada de urgencia” en la que le preguntaron si estaba interesado en el trabajo, en el cual empezaría al día siguiente. Llegó a su puesto sin información previa para el desempeño de sus funciones, y encontró que tampoco había medidas de seguridad ni distancia social: fue una vez llegados a la oficina cuando los trabajadores recibieron una formación sobre el sistema operativo de apenas 15 minutos, con 7 u 8 personas agrupadas en torno a un ordenador.
Una vez acabada, empezaron a recibir llamadas sin conocer los protocolos y guiados por el programa. “Nos dieron unos cascos que teníamos que devolver al final del día porque los tenía que utilizar otra persona en otro horario. Nos dijeron que había alcohol y papel para que los limpiásemos nosotros y si queríamos limpiar el ordenador, que lo hiciésemos así”, lamenta Álvaro. La distancia de seguridad, cuenta otra persona que prefiere conservar su anonimato, se empezó a aplicar a partir del día 18 de marzo, cuando empezaron a mejorar las condiciones de seguridad, pero asegura que aún así no eran suficientes. “Los primeros días fueron horribles, de mucha ansiedad”, narra. 
El 31 de marzo, CGT denunciaba la muerte por coronavirus de una trabajadora de apenas 36 años con un contrato temporal a tiempo parcial en la sede donde se había realizado una inspección
Durante esos días, la delegación sindical estima que más del 72% de la plantilla acudió a trabajar de forma presencial a las oficinas, cubriendo servicios no esenciales como la venta activa o cruzada de productos. Resultado: un informe Recursos Humanos del 23 de marzo arrojaba que la empresa contaba con 6 casos positivos —cuatro en Madrid— y 58 empleados en cuarentena. Días antes, el comité de empresa había denunciado la situación ante la Inspección de Trabajo, que confirmó los hechos y ordenó el cese de actividad. La semana siguiente, la policía se presentó en la empresa para proceder al cierre, sin éxito por una cuestión de competencias, ya que con el mando único derivado del estado de alarma el cese de actividad correspondía al Ministerio de Sanidad. Así pues, la actividad no cesa. El 31 de marzo, el sindicato CGT denuncia la muerte por coronavirus de una trabajadora de apenas 36 años con un contrato temporal a tiempo parcial en la sede donde se había realizado tal inspección. 

PRECARIEDAD FEMINIZADA

Los contact center, comúnmente conocidos como “call center”, no han parado de crecer en los últimos tiempos a costa de configurarse como el sector con más denuncias registradas a Inspección de Trabajo, aunque muchas no prosperen por la cantidad de contratos temporales y por obra y servicio. El servicio de los grandes bancos, energéticas, telefónicas y aseguradoras —también cada vez más en la Administración pública— se externaliza a empresas como Konecta, Atento, Qualytel, Transcom y Unisono. En 2014, la patronal del sector, Asociación de Contact Center (ACE) facturó 1.730 millones de euros, lejos de los 65 millones de 1992. Solo Konecta cerró el 2018 con una facturación récord de 831 millones de euros. 
El sector de telemarketing, uno de los que más ofertas publicita en portales de búsqueda de empleo, reúne a más de 100.000 trabajadores cada año. Según cifras del SEPE, en 2015 se firmaron en el sector más de 92.000 contratos, de los cuales 9 de cada 10 eran temporales. Del total de nuevos contratos, el 71% eran mujeres. La mitad había acabado los estudios obligatorios, el 17% la enseñanza primaria y uno de cada tres eran universitarios. Aunque progresivamente se hayan ido sumando hombres a estas empresas, el perfil predominante continúa siendo el de mujeres de mediana edad, cuya conciliación se vuelve imposible con jornadas partidas. Según CC OO y UGT, el 70% de los contratos en el sector son a jornada parcial con un salario neto alrededor de los 600 euros. Esto implica que muchas de las trabajadoras busquen en otros empleos un plus para llegar a fin de mes, lo que a veces resulta imposible, ya que las empresas incentivan la parcialidad de la jornada. 
Según CC OO y UGT, el 70% de los contratos en el sector son a jornada parcial con un salario neto alrededor de los 600 euros
Otras prácticas como las rotaciones de turno y horas extra también dificultan la conciliación: “Las horas extras que ofertan, las que son cobradas, muchas veces en lugar de ponerlas al acabar, te las ponen más tarde en lugar de ampliar tu jornada. Te cortan toda la tarde y no desconectas”, denuncia Gloria, una trabajadora del sector que también prefiere no dar su nombre real. “Las libranzas nos las daban con muy poco tiempo. El lunes te decían que librabas el martes y el miércoles, así no puedes organizarte la vida”, añade Álvaro.  
Otro signo de la precariedad es la flexibilización de los costes de contratación y despido. O lo que es lo mismo: el despido gratis, aún cumpliendo con los objetivos. Así le pasó a Álvaro, en otra empresa distinta del sector, una hora y media antes de empezar su jornada. “Me llamaron y me dijeron que no fuese ese mismo día. Estaba cumpliendo con mis ventas y me echaron sin ninguna explicación. Me anunciaron que mi empresa me lo debía haber notificado, a veces las empresas contactan con la ETT para que notifiquen el despido y no tengan que comunicárselo ellas. Y dependiendo del contrato te pueden echar hasta el mes de manera gratuita y sin indemnización…”. No hizo falta que fuese a la empresa, firmó el despido de la misma manera que firmó su contrato: con el documento online y una aplicación de la ETT para el móvil (Job and Talent) que digitaliza la firma. 

SONRISA TELEFÓNICA, CONTROL Y ANSIEDAD

El arquetipo que las grandes compañías de publicidad proyectan sobre los teleoperadores es, como toda ficción corporativa, modélica y aspiracional. En una planta con grandes ventanales, una luz deslumbrante ilumina una perfecta sonrisa y hace brillar la espléndida camisa blanca de una mujer. Al otro lado, la voz es tranquila y clara, agradable. El anuncio, en parte, proyectas las expectativas que obliga a cumplir al trabajador. Una de ellas, la más conocida, es la sonrisa telefónica. 
La sonrisa telefónica y la eliminación de la negatividad emocional —hablar en negativo queda censurado ya que, según las empresas, “da pie a que los clientes puedan rechazar el producto con mayor facilidad”— son dos de las exigencias necesarias para vender. Porque lo importante es vender, a toda costa. “Nos da igual quien haya al teléfono. Nos da igual que lo pueda pagar o no, nosotros se lo vamos a vender y luego el problema es suyo. Trabajamos dentro de la legalidad pero no de la moralidad”, comenta Álvaro, replicando las enseñanzas que recibió en un curso de formación en su antigua empresa.
“Cada veinte minutos, los coordinadores te hablan por otra línea preguntando ¿por qué no vendes? No te puedes ir a cero hoy”, comenta Gloria
Aunque no sea la actividad que cope el sector —la primera es los servicios de atención al cliente—, las ventas tienen un peso fundamental en los calls centers. Un mes o una semana mala en ventas puede ser motivo suficiente para el despido. “Cada veinte minutos, los coordinadores te hablan por otra línea preguntando ¿por qué no vendes? No te puedes ir a cero hoy”, comenta Gloria. Es tal el nivel de exigencia y el clima de hiperproducitividad, que algunas empresas fomentan la competitividad entre los propios trabajadores. En la antigua empresa de Álvaro, cada vez que hacían una venta, tenían que tocar una campana y apuntarla al lado de su nombre en una pizarra a la vista del resto de compañeros. El lobo de Wall Street de la precariedad: “Primaba el ser más que el resto. Más allá de lo anecdótico y lo ridículo, es una forma de control y de generar conflicto entre empleados. Si tienes un día malo y ves la pizarra, se te echa la presión encima”. 
Al objetivo de alcanzar un mínimo de ventas y el despido de compañeros como forma de presión sobre quienes permanecen en la empresa, hay que sumarle la de las escuchas aleatorias de llamadas por parte de superiores para “evaluar la calidad” de su plantilla, generalmente un par de veces a la semana. Si una sale mal cuando el trabajador está empezando, puede ser motivo suficiente para su despido. 

CONSECUENCIAS EN LA SALUD

Según un informe de CC OO realizado por el Instituto Sindical de Trabajo Ambiente y Salud (ISTAS), las secuelas en la salud entre trabajadores de este sector se deben al “estrés por la presión de tiempos y acumulación de exigencias emocionales y cognitivas” al “interactuar de forma simultánea con el cliente, el ordenador y el sistema telefónico”. El estrés acumulado puede causar el síndrome de burnout, que provoca “alteraciones cognitivas, emocionales, conductuales y digestivas” junto a problemas físicos frecuentes en cuello, hombros, espalda, vista y oído. Las plantillas se vacían por depresión y ansiedad, comenta Yolanda Herrero, delegada sindical de CGT en Atento. “Los partes son de enfermedad común, pero cada uno sabe lo que sucede a su compañero de trabajo, que está en casa a base de pastillas”. 
“Los partes son de enfermedad común, pero cada uno sabe lo que sucede a su compañero de trabajo, que está en casa a base de pastillas”, dice Yolanda Herrero, delegada sindical de CGT en Atento
El futuro de estas personas en un contexto donde el teletrabajo se va abriendo camino es incierto, pues en un sector con tantas denuncias a Inspección, supervisar las condiciones de la plantilla es inasumible para la Administración. Por eso las instancias sindicales avisan de las consecuencias que pueden suponer la imposición del teletrabajo, tal y como se plantea, en las condiciones laborales del sector, incidiendo en la posibilidad de que se condicione la permanencia del trabajador en la empresa en función de si puede ejercer —o no— sus labores a distancia. El temor de los sindicatos es que se desvirtúe aún más este empleo ya muy precarizado y se acabe desarrollando un modelo de negocio de falsos autónomos “como sucede con los riders, pero con un teleoperador”, tal y como advierte Álvaro Vicioso, responsable de acción sindical del sector de servicios de UGT. En vez de una bicicleta, unos cascos con micrófono integrado; en vez de un teléfono móvil, un ordenador; en vez del reparto a domicilio, la atención telefónica. Pero un mismo resultado: más precariedad en un contexto de crisis económica.
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lunes, 27 de julio de 2020

Nueva condena a la Junta de Andalucía por vulnerar "claramente" el derecho de huelga el 8M del año pasado

El TSJA declara nulos los servicios mínimos fijados para el 8 de marzo de 2019 para sectores de producción o prestacionales considerados esenciales.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, considera que la Junta de Andalucía no respetó el derecho de huelga el 8 de marzo de 2019, día de la huelga feminista convocada el pasado año por siete organizaciones sindicales, del personal que presta servicios por cuenta ajena en empresas privadas y al personal al servicio de las administraciones públicas, que desarrollan sus servicios en las empresas e instituciones públicas y que prestan servicios públicos esenciales en Andalucía. El alto tribunal andaluz ya cargó contra la Junta por hacer "ilusorio" el derecho de huelga en los hospitales aquel 8M.
La sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es Andalucía, estima el recurso interpuesto por la Confederación General del Trabajo (CGT) en Andalucía, representada legalmente por el abogado Luis de los Santos, de la Cooperativa Jurídica Derechos Al Sur, contra la resolución de 5 de marzo de 2019, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se garantizaba el funcionamiento de los servicios públicos esenciales en Andalucía para aquella fecha mediante el establecimiento de servicios mínimos, y que ahora queda anulada. Quedaba fuera de la regulación de aquella resolución el personal funcionario, siendo solo afectados sectores de producción o prestacionales considerados esenciales y necesitados de establecimiento de servicios mínimos como la asistencia telefónica de emergencias 112, los mercados centrales de abastecimiento y empresas mayoristas de alimentación, las empresas de abastecimiento y saneamiento de aguas, las empresas y organismos públicos de recogida y tratamiento de residuos sólidos, o el personal laboral de la Junta de Andalucía que presta servicios públicos que se consideran esenciales, entre otros.
El tribunal anula dicha resolución "por ser contraria al artículo 28.2 de la Costitución Española", aquel en el que "se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses". La sentencia condena al pago de 1.000 euros en costas a la Junta, que ni siquiera contestó a la demanda, mientras que la Fiscalía solicitó la estimación del recurso de CGT-A, como así ha sido finalmente.
La sentencia, que no accede a la peticion de indemnización por parte de la organización de trabajadores ni cree que la Junta careciera de motivación para establecer los servicios mínimos, sí estima el reproche planteado en cuanto a "la desproporción y falta de justificación de los servicios mínimos fijados, ya que el juicio de proporcionalidad realizado por la Administración carece de los criterios de ponderación necesarios para su establecimiento y vulneran claramente el derecho de huelga al hacerlo respecto a toda la plantilla".
El tribunal alude brevemente y en concreto al servicio del 112, para el que la Junta imponía unos servicios mínimos del 100% (porquer era "viernes, último día de la semana laboral y con los habituales desplazamientos que preceden al fin de semana y aumento de algunas actividades, suponen un incremento importante en el número de asistencias demandadas"). Según la parte demandante, recuerda el tribunal, se dimensionan estos servicios como los de días festivos, sin motivación específica.
"CGT Andalucía se congratula de esta nueva sentencia favorable y lamenta que año y medio después de la huelga del 8M 2019 se le vuelva a dar la razón por vulneración del derecho fundamental a la huelga por la Administración andaluza, cuando el daño sobre el libre ejercicio de la huelga ya es irreparable", expone a este periódico el secretario general de la organización, Miguel Montenegro. También manifiesta la "indefensión" de los trabajadores "ante los atropellos de la Consejería de Empleo, que persiste en violar la legalidad aun a pesar de las continuas sentencias que le condenan por estas prácticas ilegales y abusivas de las que sus responsables políticos quedan impunes". Desde el sindicato, asegura Montenegro, "se va a seguir buscando vías de procesamiento a quienes alevosamente persisten en atentar contra el derecho de huelga, que no podemos olvidar está especialmente protegido en la Constitución Española".

"No pueden alegar desconocimiento"

Como se decía, no es la primera vez que la Junta sale mal parada de un conflicto judicial similar. Este periódico informó en septiembre de 2019 de que la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, con sede en Granada, dejó sin efecto el porcentaje del 100% de un día festivo en el ámbito de la atención hospitalaria y atención primaria que estableció como servicios mínimos también para este mismo 8 de marzo de 2019. Antes, en junio de 2018, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA con sede en Sevilla declaró la nulidad de los servicios mínimos establecidos en la Junta para el 8 de marzo de aquel año, también de huelga feminista, puesto que "no cabe fijar los servicios mínimos en un 100%, incluso en el ámbito de las urgencias médicas, pues ello equivale a cercenar el ejercicio del derecho de huelga".
Para Luis de los Santos, abogado demandante, "aunque es muy positivo que, una vez más, se anulen los servicios mínimos en el 112 en Andalucía, este tipo de sentencias muchas veces caen en el mero simbolismo porque la Junta de Andalucia, independientemente del signo politico (PSOE, PP o Ciudadanos) continúa estableciendo unos servicios mínimos que vulneran el derecho fundamental a la huelga". A su juicio, los titulares de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio "tienen plena conciencia de su arbitrariedad e imponen tales servicios con un único objeto, cual es limitar o vulnerar el derecho de huelga". "No pueden alegar desconocimiento ya que durante sus mandatos se les ha notificado múltiples sentencias ante idénticas resoluciones que anulaban las mismas y los condenaban por vulneración del artículo 28.2 de la CE. Estaríamos ante órdenes y resoluciones respecto de las cuales los titulares de la Consejería tendrían la absoluta certeza de su injusta naturaleza y de su arbitrariedad siendo fruto del mero capricho y tendentes a conculcar o impedir el ejercicio del derecho de huelga a los trabajadores e impedir la acción sindical de los sindicatos convocantes", explica el letrado.
La resolución ahora anulada es "prácticamente idéntica a las fijadas en las huelgas anteriores y que han sido anuladas hasta en nueve ocasiones por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que además declaraban que se vulneraba el derecho de huelga amparado en el artículo 28.2 de la Constitución Española", añade el abogado, que considera que "este tipo de acciones de los titulares de la Consejería de Empleo, podrían constituir el tipo del delito de prevaricación previsto y penado en el artículo 404 del Código Penal para el cual se exige una actuación arbitraria, injusta y absolutamente contradictoria del orden jurídico adoptada sin ningún tipo de fundamento, y además, con conciencia plena de que se está cometiendo una grave injusticia por el solo capricho del autor". De hecho, actualmente la CGT-A está a la espera de una resolución de la Audiencia Provincial, archivada en primera instancia el pasado otoño, "para que investigue si existe delito en este tipo de acciones vulneradora del derecho a huelga y que lo único que buscan es anular la acción sindical de CGT-A y del resto de sindicatos", concluye el letrado.
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Proponen nacionalizar la Nissan para crear un parque público de coches compartidos eléctricos

El sindicato CGT, la CUP y Anticapitalistes han presentado una propuesta para socializar la fábrica, mantener los 3.000 empleos directos, los 22.000 indirectos y que sea económicamente viable para el Estado, con una inversión de 950 millones al año durante una década. 


Nacionalizar la Nissan y que los trabajadores tomen el control. Salvar 3.000 puestos directos y 22.000 indirectos. Evitar la miseria de 25.000 familias. Pero no solo eso, lo que la CGT, la CUP y Anticapitalistes proponen es que por fin el Gobierno catalán y el español muevan ficha y se organicen estratégicamente ante un mundo deslocalizado en el que el Estado siempre pierde, después de haber vendido la industria pública automovilística (Seat, 1986), privatizado el sector ferroviario (Renfe, 2003) y regalar fondos millonarios a multinacionales extranjeras. 
En los últimos diez años, aseguran que la Nissan ha recibido 180 millones en ayudas. Sin contar la generosa rebaja del alquiler donde se asienta la planta, suelo público en la Zona Franca de Barcelona.
La propuesta es, además de sencilla, cómplice con el futuro: la producción de una Nissan socializada se entroncaría con la transición ecológica. El sindicato propone fabricar vehículos eléctricos compartidos o transformar los ya existentes. Uno por cada cien habitantes. La opción más barata para la población serían los bonos mensuales de diez euros. Si el 25% abandona la idea de disponer de un coche privado, o pone el suyo al servicio de la reconversión eléctrica, el retorno económico ascendería a 1.400 millones al año, para una inversión que requiere 950 millones anuales durante una década. Carsharing se llama en inglés. Carsharing público, propone CGT. 
La demografía está de parte del sindicato. Los jóvenes ya no quieren un coche, pozo sin fondo de gastos —combustible, seguro, ITV, reparaciones—, sino el mejor móvil que puedan permitirse con el escaso sueldo al que aspira la generación milenial y también la Z.
El Gobierno francés, que tiene una participación del 15% en Renault, cerró filas durante la pandemia: el presidente Emmanuel Macron presentó el 26 de mayo un plan de 8.000 millones de ayudas al sector automovilístico, que incluía el compromiso de PSA y Renault de fabricar en Francia sus vehículos eléctricos e híbridos. El 2 de junio, Nissan comunicaba al Gobierno español el cierre de la planta de Barcelona. La planta no es deficitaria, pero Renault y Nissan son compañeros de grupo empresarial y Renault quiere fabricar y vender sus coches limpios en Europa, y que Nissan se centre en el mercado asiático y estadounidense. Así se reparten el mundo estas empresas ajenas a los problemas económicos y sociales que generará el cierre de la planta en el cinturón industrial catalán. 
“No entendemos porqué los gobiernos desde la Transición no han tenido intención de crear una soberanía industrial en este país”, sostiene Diego Errejón (CGT)

SIN RASTRO EN EL PLAN DEL GOBIERNO

El Gobierno español publicó el 15 de junio un plan para el sector automovilístico, y se ha reunido con un sector que representa el 9% del PIB y el 19% de las exportaciones. España es el segundo mayor fabricante de automóviles de Europa, el octavo del mundo. 
El plan del Gobierno cuenta con un presupuesto de solo 3.750 millones, de los cuales 2.690 se destinarían en inversiones en cadena de valor de la industria. Industria que ni está nacionalizada, ni está participada. Es decir, se ayudaría a la Volkswagen, Mercedes, Seat o Renault, y a los ciudadanos que deseen renovar su automóvil (250 millones).
Si la propuesta del carsharing no convenciera al Gobierno, el sindicato está elaborando una alternativa: fabricar transportes eléctricos para mercancías, personas y residuos. Comprar una patente de un camión de la basura y que ese sea el camión que ayuntamientos compren para su flota. Comprar una patente para fabricar una motocicleta y que sea esta la que Correos utilice. Etcétera con coches patrulla, ambulancias y demás transporte de servicio público. 
“Esta puede ser una victoria con perspectiva de futuro o la enésima derrota a asumir en nombre del mal menor”, alerta Vidal Aragonés (CUP)
Los trabajadores de Nissan llevan hoy 83 días de huelga indefinida peleando por un futuro que quieren anclar a un proceso de reindustrilización fuerte y todo lo ecológicamente posible. Diego Errejón, sindicalista de la CGT, afirmaba ayer en la presentación de la propuesta que “no entendemos porqué los gobiernos desde la Transición no han tenido intención de crear una soberanía industrial en este país”.
Vidal Aragonés, de la CUP, recordó que el Estado es un monocultivo de cuatro semillas: automóvil, agrícola, turismo y construcción. Y que solo los primeros dos pueden ser sólidos en el tiempo. “Mantener la Nissan es un decisión política y no se puede asumir que ahora venga una segunda oleada de destrucción de la industria. Esta puede ser una victoria con perspectiva de futuro o la enésima derrota a asumir en nombre del mal menor”, alertó. 
“No hay otra manera que asumir que debe existir un cambio en el modelo de movilidad, y sustituir el parque privado de coches por coches compartidos y vehículos colectivos”, añadió Daniel Milero, de Anticapitalistes.
“Desde febrero no fabricamos un coche”, recordó el trabajador Javier Turrillo. “Nissan podría ser el inicio de la transición ecológica, nos quedan menos de diez días para que acabe el mes y saber qué decisiones toman con los trabajadores”, indicó el operario que se turna con sus compañeros ante la puerta de una fábrica que no quieren ver cerrada.
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miércoles, 1 de julio de 2020

Las empresas deberán asumir todos los gastos que conlleve el teletrabajo

El proyecto de ley de Trabajo no detalla el mecanismo con el que deberán cuantificarse esos gastos ni la forma de compensación y emplaza a fijarlo en el marco de la negociación del convenio colectivo o con acuerdo entre la empresa y los trabajadores.

La crisis sanitaria ha provocado que el trabajo a distancia se haya manifestado como el mecanismo más eficaz para que la actividad económica se mantuviera durante la pandemia y, al tiempo, se redujeran los contagios de la enfermedad. Con ello, de manera coyuntural, se ha reforzado la normalización del teletrabajo e, incluso su utilización se ha llegado a configurar como preferente. De tal manera que se espera que el teletrabajo gane presencia en el mercado laboral español una vez la pandemia se haya superado, para convertirse en una opción estructural del mercado laboral.

El borrador que se presenta por Trabajo como anteproyecto de ley marca que las empresas deberán sufragar «en su totalidad» el desarrollo del teletrabajo que no podrá conllevar gastos, directos o indirectos, para el empleado «relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral».

Así lo recoge el artículo 12, «derecho a la compensación total de gastos» del anteproyecto de ley del Gobierno para regular el teletrabajo.
La norma no detalla el mecanismo con el que deberán cuantificarse esos gastos ni la forma de compensación y emplaza a fijarlo en el marco de la negociación del convenio colectivo o con acuerdo entre la empresa y los trabajadores. Podrá consistir, ejemplifica, en complementos específicos que, en todo caso, deberán garantizar la «completa compensación» de los gastos.
Lo que sí que fija la ley es que el acuerdo de trabajo a distancia deberá realizarse por escrito. El acuerdo podrá estar incorporado al contrato de trabajo inicial o realizarse en un momento posterior, pero «en todo caso deberá formalizarse antes de que se inicie el trabajo a distancia», marca el anteproyecto de la norma.
El anteproyecto también recoge que el trabajo a distancia será «voluntario para la persona trabajadora», siempre reversible y requerirá de un acuerdo por escrito incorporado al contrato inicial del trabajador.
También detalla que tendrá «carácter prioritario» para las personas que estén con una reducción de jornada por cuidado de menores de 12 años, aquellas que lo precisen para el ejercicio de su derecho a la lactancia natural o para víctimas de violencia de género o de terrorismo.
La norma también subraya en otro punto el derecho a la desconexión digital que deberá garantizar la empresa.
Las medidas para garantizar esta desconexión y el derecho a la conciliación con la vida familiar también se establecerán mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa.
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