viernes, 26 de junio de 2015

¿SINDICATOS QUE HABLAN CON LENGUA DE SERPIENTE?


Cada vez nos sorprenden más los correos conjuntos que envían los sindicatos que dicen representar a los trabajadores de esta compañía, si bien el último que han enviado podemos considerarlo casi insuperable y digno de un personaje literario y de película, Grima Lengua de Serpiente, consejero del rey Theoden pero que en realidad sirve a Saruman.

En ese comunicado dicen que la empresa no va aceptar ninguna rescisión voluntaria del contrato por la aplicación del artículo 41, ¿por qué no comunica esto la empresa a los empleados? ¿No será porque es ilegal? ¿Lo hacen para intimidar y que nadie se atreva a pedir la rescisión? ¿Si había tan buen rollo entre empresa y sindicatos para negociar y firmar un artículo 41, por qué no va a haber tan buen rollo cuando los trabajadores se acojan a un derecho causado por la aplicación y firma de ese artículo 41?

El Estatuto de los Trabajadores en el Art.41, lo deja bien claro “Si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de 9 meses”.

Si según el E.T. es “un derecho”, ¿es que la empresa está por encima de los derechos de los trabajadores?

En un comunicado anterior os explicábamos cómo hay que actuar en esta materia y además añadimos la sentencia del Supremo que unifica los criterios sobre el plazo disponible para pedir la rescisión de contrato, y deja bien claro que tienes un año para rescindir el contrato. ¿De dónde han sacado los Grima de esta historia que el plazo es de 15 días? ¿Otra vez actuando como voceros de la empresa? Parece desde luego que todo va encaminado a poner trabas o desinformar para que los empleados no se acojan a este derecho. ¿Tanto miedo tienen a que un alto volumen de empleados rescindan su contrato? 

También es para nota que digan que “el trabajador deberá permanecer en la empresa”, ¿cómo me va obligar la empresa a permanecer en ella? ¿Hemos vuelto a la esclavitud y no lo sabíamos?

Si algún trabajador tiene dudas sobre este tema, necesita asesoramiento en todo el proceso, o un modelo de carta para rescindir el contrato o que le ayudemos si la empresa deniega la rescisión, puede ponerse en contacto con nosotros.

CGT ni se rinde , ni se vende. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario