En 2013 la empresa y CGT, CCOO, UGT y CSIF suscribieron un Plan de Igualdad con el fin de conciliar la vida familiar y laboral, al mismo tiempo que garantizar el trato equitativo entre hombres y mujeres en la selección, formación y promoción dentro de la empresa.1
Sin embargo, la sección sindical estatal de CGT observo a lo largo de los siguientes meses, como la dirección de la compañía no hacía nada por cumplir con lo acordado.
La desfachatez de GSS Line llegó hasta tal punto que sancionó a dos delegadas de CGT por denunciar estos hechos en un correo interno, cuando tras año y medio, seguían sin adoptar prácticamente medida alguna para que se cumpliese el Plan de Igualdad. Estas dos compañeras, madres de familia, fueron suspendidas de empleo y sueldo durante dos meses. Impugnada esta salvaje sanción, el juzgado de lo social la revocó recordando a GSS Line el derecho de opinión y crítica que le asiste a los representantes de los trabajadores.2
Mientras tanto, CGT fue el único sindicato que actuó y promovió un conflicto colectivo frente a la empresa para reclamar el cumplimiento del Plan de Igualdad. Antes de interponer la demanda hay un paso previo obligatorio ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) donde se alcanzó un acuerdo entre ambas partes, en el que la empresa se comprometía a facilitar una serie de informes que demostrase que se estaba implantando las principales medidas del plan. Este acuerdo lo firmaron todos los sindicatos.
Los siguientes encuentros entre los sindicatos que habíamos firmado el plan de igualdad y la dirección de GSS Line sirvieron para bien poco, y CGT fue el único sindicato que demandó el incumplimiento de lo acordado en el SIMA ante la Audiencia Nacional. En un primer auto de la Audiencia Nacional, el Tribunal de la sala estimó que se estaban incumpliendo las obligaciones informativas acordadas en la medición, e instó a que se entregaran los informes.3
Sin embargo, GSS Line continuó sin facilitar la documentación requerida, a pesar de la insistencia de las delegadas de CGT, con el fin de que se pudiera demostrar que el Plan de Igualdad se estaba promoviendo realmente en la empresa.
Ha sido ya en un segundo auto, dictado el 18 de enero de 2017, donde la Audiencia Nacional ha condenado a GSS a pagar 150 euros diarios hasta que la empresa no cumpla el Plan de Igualdad. 4
En concreto la Audiencia les dice que está obligada facilite los informes sobre los procesos de selección de personal, con el fin de evaluar la incorporación del sexo menos representado; un informe donde se demostrase las acciones internas de discriminación positiva llevadas a cabo en la empresa; y otro informe dónde quedara plasmado los acuerdos de flexibilidad horaria según la campaña y departamentos, y en el que se facilitase la documentación detallada de las concesiones o denegaciones a la plantilla, segregada por sexo, categoría y campaña.
Este auto no tiene precedentes y supone una dura condena a una empresa que durante cuatro años lleva sin cumplir las medidas acordadas para garantizar el principio de igualdad efectiva entre hombres y mujeres en el ámbito laboral.
No basta con alcanzar acuerdos, hay que hacerlos cumplir. Desde CGT creemos que esta combinación de la acción sindical y jurídica es imprescindible para que las empresas dejen de torearnos.
Más información en : cgt.org
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