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martes, 18 de junio de 2019

La iniciación de la jornada reducida y la Inspección de trabajo



Como ya os adelantamos, hemos ido a inspección de trabajo por el tema del horario de inicio de la jornada reducida. 

Cuando se solicita la jornada reducida es para conciliar, y entendemos que el trabajador, si así lo necesita, debería poder empezar a las 8:00 de la mañana, apoyándonos en la flexibilidad horaria de entrada/salida que nuestra empresa anuncia que posee. 

Los problemas comienzan cuando dicha flexibilidad horaria de entrada está sujeta a criterios del proyecto. 

Muchas personas se han puesto en contacto con nosotros para expresar su malestar ya que si les cambian de proyecto pueden perder su conciliación.

Al plantear a la empresa esta situación se limita a indicar que el horario oficial de entrada son las 9:00 y afirma que no hay ningún proyecto que no permita a los trabajadores con jornada reducida empezar a las 8:00

La mala noticia es que la Inspección se ha puesto de parte de la empresa, cosa que cada vez nos sorprende menos y dice que no ve ningún problema en cómo está actuando la empresa hasta la fecha si además no se ha denegado en ningún proyecto esta flexibilidad. 

Esto último nosotros no lo podemos comprobar, pero instamos a cualquier trabajador que no le hayan permitido empezar a las 8:00 que se ponga en contacto con nosotros para verificar si es real lo que dice la empresa. 

Estamos totalmente en desacuerdo y valoraremos las acciones a tomar para intentar solucionar este problema que para nosotros ni mucho menos queda resuelto. 

En el evento de comunicación que ayer dio el CEO a toda la plantilla, se ha jactado de querer poner foco en las personas, de querer realizar un cambio cultural y de flexibilizar y conciliar para retener el talento. La realidad es que cuando la empresa, SIN COSTE ALGUNO, NO QUIERE dar el simple paso de reconocer por escrito que un empleado con jornada reducida pueda entrar a las 8 sin depender de arbitrariedades de ningún responsable, deja claro el valor que tienen las palabras de nuestro CEO. 


martes, 11 de junio de 2019

El trabajador podrá pedir un horario a la carta para conciliar sin reducir jornada

La empresa deberá responder en un mes y solo lo podrá denegar por causas justificadas

Silenciada por el ruidoso debate acerca del control de horarios, otra reforma reciente del Estatuto de los Trabajadores amenaza con provocar más de un quebradero de cabeza en las empresas. Y es que, desde el pasado 8 de marzo, cualquier trabajador puede pedir un cambio en su jornada laboral que le permita conciliar su vida laboral y familiar, sin necesidad de reducir jornada y, por tanto, asumir una rebaja en la nómina.

Sobre el papel, la adaptación de jornada, que es así como se llama el derecho, se implantó con la ley de igualdad del 2007, pero la anterior redacción del artículo apenas lo reconocía de forma genérica, apelando para su desarrollo a la negociación colectiva o a un acuerdo individual con el empresario. En la práctica, esto provocaba que si no se recogía en convenio o la compañía se cerraba en banda era casi imposible llevarlo a la práctica. Hasta el Supremo, en varias sentencias, apuntaba que no existía base legal para pedir un cambio de horario sin reducción de jornada.

Ahora, el panorama cambia. Tras el decreto aprobado por el Gobierno, cualquier trabajador podrá solicitar modificaciones en la duración o la distribución de la jornada, la ordenación del tiempo de trabajo e, incluso, en la forma de prestación del mismo (incluyendo el teletrabajo), «para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral». Más allá del cuidado de hijos menores de 12 años, el único supuesto que se recoge expresamente en la ley, el resto se dejan abiertos para que sean expuestos por el empleado. Lo único que se exige es que las peticiones sean «razonables y proporcionadas».

                         Mas información en : www.lavozdegalicia.es