El juzgado de lo Social número 27 de Madrid ha obligado a la firma
Supermercados Champion, perteneciente al grupo Carrefour, a reconocer el
derecho de una trabajadora a reducir su jornada laboral en el horario
solicitado para el cuidado de su hijo, inicialmente denegado por la
empresa al estar fuera de su jornada ordinaria.
"La facultad para determinar el horario decuado corresponde al
trabajador, ya que es el único capacitado para decidir cuál es el
periodo más idóneo para cumplir las obligaciones derivadas de la patria
potestad que le competen", señala la sentencia a la que tuvo acceso
Europa Press.
En concreto, la trabajadora, con un turno fijo de tarde y horario de
14.00 a 21.00 horas en el Carrefour 'Market' ubicado en la madrileña
calle de Fuencarral, antiguo Champion, informó a la empresa de su
intención de ejercer su derecho a la reducción de jornada en un 12,5%
hasta que su hijo cumpliera ocho años, con un horario de 10.00 a 16.00
horas.
Ante esta petición, la empresa acepta la reducción de jornada
planteada, pero no la concreción horaria, al alegar razones
organizativas y de producción del centro, dado que por la tarde es
cuando existen más ventas y afluencia de clientes.
El juez ha destacado el "importante sacrificio" que supone la
reducción salarial que de forma proporcional a la jornada reducida
experimentará la trabjadora y que es la progenitora la que ostenta el
derecho a decidir sobre aquello que considera más beneficioso para el
menor.
Por otro lado, según la sentencia, la empresa no acredita ni
justifica problemas de carácter organizativo que se consideren
"insalvables ni trascendentes", porque se limita a aportar una relación
de trabajadores adscritos a la sección cajas y reposición, no puede
probar el porcentaje de ventas alegado ni aporta la relación de
empleados que disfrutan de la reducción de jornada para conciliar vida
personal y laboral.
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