lunes, 20 de abril de 2026

ERE de Capgemini: ¿La mesa constituida para el ERE es ilegal? Según nuestros servicios jurídicos SI.

 

Como ya os comentábamos en el correo del viernes, el sindicato CCOO como abanderado y CSIF haciendo de comparsas útiles, intentaban que no estuviéramos en la mesa negociadora del ERE, y lo consiguieron saltándose la legalidad vigente y jurisprudencia.

CGT ha procedido a enviar en el día de hoy tanto a las secciones sindicales como a la empresa un escrito vía burofax para que recapaciten sobre la ilegalidad que están cometiendo.

Si la composición no se corrige antes del inicio del período de consultas previsto para el 23 de abril de 2026, CGT interpondrá demanda de tutela de derechos fundamentales con carácter urgente y solicitará la suspensión cautelar del inicio del período de consultas.

Si la empresa no quiere empezar este ERE con la incertidumbre de si puede ser anulado en los tribunales, debería recapacitar y no aceptar las condiciones que una sección sindical como CCOO quiere imponer en la constitución de la mesa. Tener una mayoría no da derecho a excluir

El criterio aplicado — delegados brutos sobre el total de 122 — produce en Capgemini un resultado constitucionalmente inaceptable: excluye a CGT pese a que representa a 885 trabajadores en el centro de Madrid con el 59% de la plantilla total. El art. 41.4 ET ordena el reparto «en proporción al número de trabajadores que representen», criterio que bajo la estructura de representación de Capgemini otorga a CGT un puesto en la mesa.

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