jueves, 22 de septiembre de 2016

Trabajadores de primera y de segunda



Esta es la mágica solución ideada y acordada por la dirección de Capgemini y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF para abaratar costes: dividir a los trabajadores en dos grupos, basándose únicamente en su fecha de ingreso en la compañía. O dicho de otra forma, trabajadores de primera y de segunda.
Por fin, hemos podido examinar las copias de los contratos que se han realizado a  partir del 1 de Julio de 2015 y constatar que se les está aplicando el artículo 41 (o algo más), con la implementación del COMPLEMENTO COMPENSABLE.

Contrato anteriores Julio 2015
Salario bruto = Salario base + Plus Convenio + Mejora Voluntaria
Contratos desde 1 Julio 2015
Salario bruto = Salario base + Plus Convenio + Complemento Compensable

Según los nuevos  contratos el Complemento compensable será compensable y absorbible con cualesquiera incrementos o mejoras retributivos futuras, ya sean homogéneas o no, establecidas legal o convencionalmente, o acordadas voluntariamente por la Empresa.



 ¿No decían que la antigüedad sólo se iba a congelar por un trienio?  Como se puede comprobar parece que se ‘’olvidaban’’ de los futuros trabajadores de la compañía, que a todos los efectos  han convertido en ‘’trabajadores de segunda clase’’.
¿Se ha allanado el camino para la empresa en posibles ERES sucesivos? ¿Se despedirán ‘’trabajadores de primera’’  para  contratar  ‘’trabajadores de segunda’’?
Nosotros creemos que esta doble escala en materia salarial en función de la fecha de ingreso en la empresa no se ajusta a la legalidad y por tanto estamos estudiando tomar las medidas necesarias para detener esta injusticia.

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