En diciembre del año pasado comunicábamos que la Audiencia Nacional dictaba sentencia fallando a favor de la demanda interpuesta por las Secciones Sindicales de SAITIC-SAIF, CO.BAS, INTERSINDICAL y CGT, declarando la nulidad de la medida tomada de forma unilateral por la empresa respecto al impago de los Tickets Restaurant en los meses de mayo y junio de 2020, por suponer una Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo (MSCT).
Esta sentencia fue recurrida al Tribunal Supremo por parte de la empresa, aún a sabiendas que el Ministerio Fiscal había manifestado que no procedía dicha apelación.
Hoy podemos comunicaros que la respuesta del Tribunal Supremo ha sido unánime por parte de los 8 jueces que lo componen, ratificando lo que ya anteriormente había indicado la Audiencia Nacional, es decir, que la empresa no puede modificar unilateralmente las condiciones de trabajo.
Por nuestra parte, hemos solicitado una reunión con la dirección de la empresa para que nos clarifique de qué manera va a proceder al pago de las cantidades de los Tickets Restaurant anteriormente referidos.
Esta sentencia nos da la razón para que sigamos en la línea de no dejar de luchar por nuestros derechos y seguiremos vigilantes en caso de que la empresa vuelva a imponer unilateralmente medidas que perjudiquen a los trabajadores de Capgemini.
Os mantendremos informados debidamente.
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