jueves, 21 de noviembre de 2024

VIOLENCIA DE GÉNERO, VIOLENCIA MACHISTA


 

Este próximo 25 de octubre, como cada día 25, volvemos a denunciar el terrorismo machista que nos asesina, denunciando y recordando el asesinato en el último mes de:

  • Mujer de 74 años, en ses Salines (Baleares, Islas Baleares), el 25/09/2024.
  • Irene Rodríguez, de 60 años, en As Neves (Pontevedra, Galicia), el 25/09/2024.
  • Mari Nieves Gamarra, de 56 años, en Roquetas del Mar (Almería, Andalucía), el 04/10/2024.
  • Fadoua Akkar, de 41 años, en Moaña (Pontevedra, Galicia), el 05/10/2024.
  • Mainca (Mlinka), de 33 años, en Arroyo del Cuéllar (Segovia), el 17/10/2024.
  • Hafsa, de 40 años, en La Mojonera (Almería, Andalucía), el 22/10/2024.

 

Y con ellas contamos ya 80 asesinatos machistas por ser mujer en este año, sumando ya 2014 feminicidios desde el 2003, además de a los menores asesinados este 2024 Noa B. y Xavi B., de 7 y 10 años, a una bebé de 16 días, a dos hermanas de 2 y de 4 años, a Ayax de 5 años, a los hermanos María y Yago, ambos de 8 años, y a otros dos hermanos, Hiba y Adam, de 3 y 8 años.

Violencia incrustada en esta sociedad patriarcal, terrorismo machista que asesina también a hijas e hijos, violencia interseccional que nos ataca doblemente por nuestra identidad, por nuestro género, por nuestra orientación sexual o por nuestro origen. Problema estructural que no distingue fronteras ni clases sociales, y se alimenta de la desigualdad y el silencio.

Violencia machista que no solo afecta a las mujeres; también daña a las familias, a las comunidades y a las futuras generaciones. La lucha es de todas, todos y todes, porque una sociedad que permite la violencia es una sociedad que nos falla a cada una y cada uno. No podemos seguir callando, no podemos normalizar el maltrato.

Desde CGT exigimos medidas de protección efectivas contra la violencia, especialmente contra la violencia vicaria. Exigimos la implementación de medidas específicas dirigidas a proteger a las víctimas de violencia vicaria, incluyendo proporcionar recursos y apoyo especializado a las madres y sus hijos e hijas, que garanticen su seguridad y bienestar en todo momento. Instamos a que se refuercen los protocolos de actuación en casos de violencia vicaria y se promueva una mayor sensibilización y formación en todos los niveles de la sociedad para prevenir y combatir este tipo de violencia. Es imperativo que se asignen los recursos financieros adecuados para poner en marcha estas medidas y que se garantice su aplicación efectiva en consonancia con las leyes existentes, incluyendo la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. Que se desarrollen nuevas medidas de protección, acordes al Convenio de Estambul y a la Agenda 2030, convirtiéndose así de manera real y efectiva en un sistema integral de protección que erradique cualquier forma de violencia, especialmente la violencia machista, presente no solo en el ámbito doméstico, sino en las calles, en los centros de trabajo, en el sistema educativo, etc, sea combatida de manera real y efectiva.

Secretaría de la Mujer

miércoles, 20 de noviembre de 2024

El despido disciplinario ya no podrá ser inmediato

 El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia trascendental que modifica su propia doctrina sobre la ejecución del despido disciplinario, estableciendo ahora la obligatoriedad de ofrecer una audiencia previa a la persona trabajadora antes de proceder a su despido. Con base en una interpretación actualizada del artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por España en 1985, la Sala confirma que la persona trabajadora debe tener la oportunidad de defenderse de los cargos formulados en su contra antes de que se tome y comunique la decisión de despido.

En el caso analizado, un profesor de una institución educativa fue despedido por conductas inapropiadas hacia sus alumnas. La entidad empleadora no ofreció al trabajador trámite alguno de audiencia previa antes su despido, circunstancia que fue obviada por el Juzgado de lo Social, pero a la que sí dio entrada el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, al declarar la improcedencia del despido por este defecto formal. La entidad empleadora recurrió la sentencia ante el TS, argumentando que la normativa española, según la jurisprudencia consolidada del TS, no exige una audiencia previa en todos los casos de despido disciplinario.

El TS, en su sentencia de 18 de noviembre de 2024, dictada por el Pleno de la Sala 4ª, ha rectificado su doctrina anterior y ha establecido que el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT es de aplicación directa en el ordenamiento jurídico español. Este artículo regula que "no deberá darse por terminada la relación de trabajo de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o su rendimiento antes de que se le haya ofrecido la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, a menos que no pueda pedirse razonablemente al empleador que le conceda esta posibilidad".

La sentencia del TS parte de que esta disposición forma parte de nuestro ordenamiento jurídico interno desde su ratificación y subraya que es suficientemente clara y concreta para ser aplicada directamente, sin necesidad de un desarrollo normativo adicional. Además, el Tribunal aclara que la audiencia previa no puede ser sustituida por otros mecanismos de defensa posteriores al despido, como el trámite de conciliación previa o la impugnación judicial de la medida extintiva.

No obstante, en relación con el caso concreto enjuiciado, el Tribunal considera que el trámite no se ha incumplido dado que la jurisprudencia anterior no exigía la citada audiencia previa, habiendo actuado, por tanto, la empleadora conforme a esa doctrina. Esta suerte de irretroactividad del nuevo criterio del TS salva así a todos los despidos acometidos antes de la publicación de la sentencia.

Este pronunciamiento judicial tiene un impacto significativo para las empresas en España, ya que impone una nueva obligación en el procedimiento de despido disciplinario, que podría introducir una demora en la efectividad de este y, cuyas vicisitudes habrá que gestionar. A partir de ahora, las empresas deberán asegurarse de ofrecer una audiencia previa a la persona trabajadora, que cumpla con la finalidad de informarle de los cargos en su contra y de darle la oportunidad de defenderse, antes de proceder a su despido por motivos disciplinarios.

El incumplimiento de esta obligación podría comprometer la procedencia del despido disciplinario, a pesar de estar basado en hechos viables y acreditables de una infracción laboral de la persona trabajadora, con las consecuencias legales y económicas que ello conlleva.

Por tanto, es crucial que las empresas revisen y, en su caso, modifiquen sus procedimientos internos de despido para cumplir con esta nueva exigencia y evitar posibles litigios y frustraciones, especialmente porque cada despido es distinto y requiere de un análisis específico y pormenorizado para decidir cómo gestionarlo.

Más información en https://www.cuatrecasas.com/

martes, 19 de noviembre de 2024

¿Negociación del convenio colectivo? Otra nueva farsa

 


Suponemos que ya sabéis que actualmente se está negociando nuestro convenio colectivo, y que sería el número XIX.

Desde el día 23 de abril está constituida la mesa de negociación, y que, según la representatividad de cada sindicato en el sector, quedó repartida de la siguiente manera:

Composición de la Representación Sindical en la Mesa (15): CCOO (7), UGT (5), CIG (1), ELA (1) y LAB (1).



CGT no está presente en la mesa de negociación al no tener el mínimo del 10% de la representación sindical (entre delegados de personal y miembros de comités de empresa) en el ámbito nacional, que es donde se negocia el convenio.

En estos 6 meses, se han realizado 4 reuniones de la mesa de negociación (30 de mayo, 24 de junio, 17 de septiembre y el 23 de octubre) con las patronales AEC y ANIMES. La próxima será el 4 de diciembre. La voluntad de las partes es firmar el convenio antes del 1 de enero de 2025, que es cuando agotará la vigencia del actual convenio.

No vamos a entrar en las propuestas de cada uno de los sindicatos (Incrementos salariales, eliminación de la absorción, actualización importes del teletrabajo y dietas, regulación de guardias, turnos, nocturnidad, etc.) ya que los diferentes sindicatos presentes en la mesa ya están informando de ello y los podéis encontrar indagando un poco en la web.

Nos queremos enfocar en el fondo de estas negociaciones.

Se han firmado ya 18 convenios y lo que tenemos actualmente es un convenio de mínimos muy mínimos, con tablas salariales muy por debajo de la realidad del sector (incluso por debajo del SMI), con condiciones laborales (jornadas y horarios, permisos, vacaciones, formación, etc.) que las comparas con otros convenios y dan vergüenza ajena, y que no aportan casi nada a lo que ya establece el Estatuto de los Trabajadores. Vamos, que en todas las negociaciones anteriores los sindicatos mayoritarios se conforman con firmar las mismas condiciones que se regulan en el Estatuto de los Trabajadores.

Pues bien, parece que esta negociación va por el mismo camino¿Por qué decimos esto? Si leemos los comunicados que están lanzando sobre la negociación, que por lo que se ve, son la única medida de presión que utilizan frente a la patronal. En ellos usan expresiones como, “reparto más justo”, “adaptación del texto vigente a la realidad de las TIC”, “déjà vu”, “pérdida de tiempo”, “exigimos una clara recuperación de poder adquisitivo por encima del IPC”, o las más duras todas al estilo Clint Eastwood“hace falta ser cínicos (la patronal)” y “o se regula todo, o no regulamos nada”. Y en el último de UGT concluye con su solución a todo esto “(En) UGT esperamos seguir mejorando las condiciones de este convenio y contar con vuestro apoyo y complicidad. Para ello, se hace necesario aumentar el peso de nuestra organización en la Mesa del Convenio.” Este último párrafo habla a las claras cuál es su principal pretensión y su mayor interés. De movilizaciones, paros, huelgas, ni mu.

Tal y como está ahora la negociación, creemos que la parte sindical tiene dos opciones:

  1. Hacer lo de siempre. Que UGT y CCOO firmen otra mierda de convenio y cubrir el expediente, diciendo que la patronal es “mu mala” y no quiere negociar, y que no tenían más remedio que firmar para que no perdamos poder adquisitivo (jajaja), y a otra cosa mariposa.
  2. Organizarse y trabajar para realizar acciones de presión contundentes, movilizar al sector y realizar paros y huelgas, que es la única medida que va a hacer cambiar la posición de la patronal.

Suponemos, tal y como han ido las anteriores 18 negociaciones, optarán por la opción 1, ya que es la opción más cómoda, porque la 2 necesita de mucho trabajo y no solo mandar comunicados.

Tal y como va la negociación, CGT no tiene casi ninguna esperanza, por no decir ninguna, en este nuevo convenio, por lo que seguiremos por nuestra opción de seguir tomando decisiones y medidas arriesgadas, ser combativos y luchar en nuestra propia empresa para lograr mejoras, tanto salariales, como de condiciones de trabajo, tal y como hemos demostrado este último año.

La huelga y las movilizaciones son la única arma que tenemos las personas trabajadoras para mejorar nuestras condiciones laborales. Se ha demostrado con creces a lo largo de la historia y hasta que estos sindicatos no se pongan a trabajar en ello, porque saberlo, lo saben de sobra, nuestro convenio colectivo seguirá siendo una vergüenza.

Esperamos equivocarnos, el tiempo dirá…

Información adicional

Por qué CC.OO. y UGT son quienes firman casi todos los convenios sectoriales.

https://elpicador.org/convenio/negociacion-del-convenio-colectivo-otra-nueva-farsa/


lunes, 11 de noviembre de 2024

CGT denuncia a Carlos Mazón por múltiples delitos contra los derechos de los trabajadores

El sindicato libertario presenta un escrito a la Fiscalía Provincial de Valencia y acusa al presidente de la Generalitat valenciana de no haber adoptado medidas para evitar la muerte o desaparición de cientos de personas.

 La Confederación General del Trabajo (CGT) del País Valenciá presentó este 4 de noviembre ante la Fiscalía Provincial de Valencia un escrito contra el presidente de la Generalidad valenciana, Carlos Mazón. En el documento de 19 páginas al que ha tenido acceso la Directa se detallan todas las alertas previas publicadas por la Agencia Estatal de Meteorología y por la Confederación Hidrográfica del Júcar en las que se informaba de la llegada de “lluvias de intensidad torrencial” con “crecidas e inundaciones”, y en las que se hablaba textualmente de que “el peligro es extremo”. No sólo eso, sino que a las 17.35h se advertía, en relación con el caudal del río Magro, que se podían  “producir desbordamientos generalizados en las áreas cercanas al río“ a la vez que aconsejaba ”el alejamiento de la población de las zonas cercanas al río”.

En paralelo a la situación de alerta, el presidente Mazón hacía unas declaraciones a los medios de comunicación que minimizaban el riesgo, afirmando que “dado que los embalses están por debajo de su capacidad”

En el escrito, se explica que en paralelo a la situación de alerta, el presidente Mazón hacía unas declaraciones a los medios de comunicación que minimizaban el riesgo, afirmando que “dado que los embalses están por debajo de su capacidad, acumulan el agua sin problemas. No existe ninguna alerta hidrológica, lo que es buena noticia”. Además, tras la comparecencia, difundió un tuit que después borró, en el que decía que la previsión era que el episodio finalizara a las 18h.

“Desde CGT, después de analizar los hechos cronológicamente, creemos que ha habido una clara negligencia por parte de la administración, y en concreto de su jefe, Carlos Mazón, que con su actuación, o falta de ella, por retrasar el aviso a la ciudadanía, ha provocado cientos de muertes, entre ellas muchísimas personas trabajadoras que han muerto en sus centros de trabajo o in itinere”, asegura el secretario general de CGT Juan Ramón Ferrandis. El hecho de que decenas de los cuerpos localizados o de personas desaparecidas se estuvieran desplazando para ir o volver de sus puestos de trabajo a centros comerciales, polígonos industriales o establecimientos de restauración es uno de los extremos que se destaca en el escrito presentado a la Fiscalía.

“Retrasar el aviso a la ciudadanía, ha provocado cientos de muertes, entre ellas muchísimas personas trabajadoras que han muerto en sus centros de trabajo o in itinere”, asegura el secretario general de la CGT valenciana, Juan Ramón Ferrandis

Este martes al mediodía, los secretarios generales del sindicato en la capital y en la Comunidad Valenciana, Juan Miguel Font y Juan Ramón Ferrandis, y el abogado de su gabinete jurídico Rafa Marco, está prevista una rueda de prensa para presentar los detalles de la demanda. En el escrito detallan los incumplimientos de los artículos de 316 y siguientes del Código Penal que atribuyen a Mazón, y concretan las penas de prisión y multa asociadas.

“La conducta del Presidente de la Generalitat generó un grave peligro”, aseveran, y le atribuyen una intervención relevante “en la negligencia de la administración autonómica”. Por ello, solicitan a la Fiscalía la incoación de Diligencia Informativas “en averiguación de los hechos y determinación de las personas criminalmente responsables”, apuntan a que “habrá que practicar los actos de investigación que se consideren más oportunos” y finalmente la formulación de “querella en caso de derivarse de la investigación la comisión de uno o varios delitos”.

 

Más información en https://www.elsaltodiario.com/