Ante esta situación os queremos recordaros los derechos y permisos tenemos respecto a este tema .
Derechos recogidos en el la legislación actual:
- Artículo 14 del Convenio de Consultoría
Bolsa de estudios:
Todos los trabajadores podrán solicitar a la empresa una bolsa anual de 218,10 euros, para su formación profesional, que les será reconocida en función del aprovechamiento anterior y del interés de los estudios para la empresa. - Artículo 23.3 del Estatuto después de la Reforma Laboral de 2012
Promoción y formación profesional en el trabajo.
Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad de la empresa, acumulables por un periodo de hasta cinco años. El derecho se entenderá cumplido en todo caso cuando el trabajador pueda realizar las acciones formativas dirigidas a la obtención de la formación profesional para el empleo en el marco de un plan de formación desarrollado por iniciativa empresarial o comprometido por la negociación colectiva. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá comprenderse en el derecho a que se refiere este apartado la formación que deba obligatoriamente impartir la empresa a su cargo conforme a lo previsto en otras leyes. En defecto de lo previsto en convenio colectivo, la concreción del modo de disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario. - Real Decreto 395/2007 y los Permiso individual de formación(PIF)
Es el permiso retribuido y autorizado por la empresa a un trabajador, para la realización de un curso, dirigido a la obtención de un título oficial (título publicado en un Boletín Oficial).
A través de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, la empresa puede autorizar a un trabajador que disponga de hasta 200 horas laborales por año académico para formarse, con el fin de favorecer el desarrollo profesional y personal.
Aquí tenéis una pequeña Guía de CGT sobre los PIF con más detalle.
Modelo de solicitud que se deberá enviar a RRHH.
No dudéis en poneros en contacto con nosotros para cualquier aclaración o sugerencia.
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