viernes, 11 de octubre de 2019

Registro de jornada que no registrará “toda” la jornada.



Como ya os comunicamos en Mayo, desde el 12 de Mayo todas las empresas están obligada por ley a registrar la jornada de trabajo.

Después de diversas reuniones con la empresa, la última este martes, parece que la semana del 14 de Octubre por fin se va implantar la herramienta que ha desarrollado la empresa para dicho registro. Se pondrá en marcha cada semana en un centro: primero se implantará en Valencia, la siguiente semana en Barcelona, la siguiente en Murcia y finalmente en Asturias y Madrid.

La herramienta no va a registrar las disponibilidades realizadas por los trabajadores, ya que según la empresa no han podido implementarlo por su ‘’complejidad’’. Bien, en una empresa que presume de estar en la Champions League de las Tecnologías de la Información, se han tardado 5 meses largos para desarrollar un formulario que sólo nos va a permitir introducir la hora de entrada, la de salida y el número de horas de trabajo efectivo.

Nosotros creemos que la realidad es que no quieren que queden reflejadas estas horas, ni las compensaciones asociadas en la herramienta.

Además, la empresa aprovecha para inventarse un protocolo de registro de jornada en el que dice:

“En el supuesto de producirse extensiones de jornada, éstas deben compensarse con tiempo equivalente de descanso”.

¿Qué quiere decir esto que se sacan de la manga?, que una hora extra que debe compensarse como mínimo con 1,75 horas según nuestro convenio, ahora pasará a compensarse con una hora, así tal cual, porque la empresa lo dice.

Pongamos un ejemplo de que es una hora extra y que es una disponibilidad según el Acuerdo.

1.- Tu jefe te dice a las 5 de la tarde que te tienes que quedar más tiempo a terminar algo, eso son horas extras de toda la vida y se deben compensar con 1,75 horas por cada hora extra. Estas son además voluntarias, si no quieres o no puedes, no te tienes que quedar.

2.- Tu jefe te dice, con 48 horas mínimo de antelación que hay que hacer una intervención (guardia, subida producción, etc..), éstas sólo son obligatorias para la gente adscrita al acuerdo de disponibilidades y se compensan con una hora por cada hora realizada más una compensación económica.

Por tanto, que la empresa no nos engañe, lo que quiere es, una vez más, degradar nuestras condiciones de trabajo.

Además, y esto es muy importante, si registras más horas de trabajo de las que corresponden, sólo serán consideradas horas extra si tienes un correo con la aprobación de tu jefe, si no, la empresa considerará que te has quedado porque has querido. Como os decimos muchas veces, cualquier orden o petición que afecte a vuestra jornada de trabajo, solicitad que os la pongan siempre por escrito.

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