Si
estás pensando en trabajar en un proyecto fuera de España asegúrate bien del
acuerdo que firmas con la empresa antes de ir, y si no estás seguro del todo
consúltanos.
Los
problemas vienen de lo que te cuenta la empresa por un lado o unos asesores
fiscales externos (contratados por la empresa), y lo que al final queda por
escrito. Nos hemos encontrado además con que los acuerdos contienen frases
ambiguas que dan poca seguridad jurídica al trabajador.
Se
ha dado el caso que, a partir de unos meses fuera del país, aparte de que las
dietas dejan de estar exentas, donde antes pagabas un 20 % (fiscalidad
española), de repente tienes que empezar a cotizarlas como residente en el país
que te encuentras desplazado y con una retención normalmente mucho mayor.
Después
de hablar con la empresa y los compañeros afectados hemos sacado dos
conclusiones para que no vuelva a suceder esto a más personas:
- Que ningún trabajador se
vaya fuera sin asegurarse de la fiscalidad que le corresponde, sino le
queda claro lo que está firmando que se vaya a un asesor, abogado o lo
consulte con algún miembro de RLPT (Representación Legal Personas
Trabajadoras).
- La empresa debe tener un
redactado que no admita ambigüedades, por lo que la instamos a que
modifique la redacción que hay actualmente para que no haya malentendidos
a futuro con nadie más.
No
sabemos si en esta situación se encuentran otras personas que están trabajando
en proyectos fuera del país. Si es así, o conoces alguien que esté en
esta situación, revisa el acuerdo que tienes firmado para no llevarte ninguna
sorpresa desagradable.
Si
alguien se ha encontrado en esta situación al volver a España nos gustaría que
os pusieras en contacto con nosotros para saber cómo fue la situación. Como ya
hemos dicho en otras ocasiones, sólo podemos actuar si nos contáis los
problemas que tenéis para poder daros la mejor ayuda posible.
De
todas formas, estamos para daros soporte con cualquier decisión que toméis.
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